ALUMNOS
REGULARES
SISTEMA INFORMATICO
Y PROCEDIMIENTO EN ACTAS DE EXAMENES FINALES
Resolución R-805/04
BAHIA BLANCA, 8 de setiembre de 2004.
VISTO:
La necesidad de
adecuar la instrumentación de los exámenes finales de alumnos regulares al
sistema informático vigente; y
CONSIDERANDO:
Que las actas de
exámenes deben ser firmadas al menos por un Profesor de la mesa examinadora, en
las condiciones de su emisión, es decir conteniendo la nómina de alumnos
admisibles y eventualmente la nómina de alumnos pendientes;
Que la registración
de los exámenes de los alumnos que rindieron estando pendientes requisitos de
admisibilidad, se hace a través de la emisión de actas rectificativas, una vez
cumplido con dichos recaudos, correspondiendo indicar el funcionario habilitado
para suscribir dichas actas;
Que lo propio
corresponde disponer en punto a la emisión de las actas anuladas por ausencia
de alumnos o de profesores, indicando el funcionario habilitado para suscribir
dichas actas;
Que la Dirección
General de Asuntos Jurídicos se ha expedido favorablemente con respecto al
dictado de una resolución como la que aquí se adopta, mediante DICTAMEN Nº
5326;
Que esta Resolución se dicta en ejercicio de
la competencia prevista en el artículo 62 inc. a) del Estatuto de la
Universidad Nacional del Sur;
POR ELLO,
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º).- Establecer el siguiente procedimiento al cual deberán
adecuarse las actas de los exámenes finales de alumnos regulares de esta
Universidad, de acuerdo con el sistema informático vigente.
Actas de Examen: Suscripción: Las Actas de Examen generadas por el servicio informático en las
condiciones de su emisión, deberán ser firmadas, como mínimo por uno de los
profesores integrantes de la Mesa de Examen.
Actas de Registro: Suscripción: Autorizar a los Secretarios Académicos Departamentales a firmar las
Actas de Registro (Rectificativas) emitidas con posterioridad al examen, al
cumplirse las condiciones de admisibilidad por parte del alumno.
Actas de Registro: Contenido: Las actas a que se hace referencia en el item anterior, reflejarán
fielmente lo instrumentado en las Actas de Exámenes correspondientes.
Actas Anuladas: Suscripción: Autorizar a los Secretarios Académicos Departamentales a firmar las
Actas Anuladas.
ARTICULO 2º).- Aprobar los Modelos de Actas que forman parte del Anexo
I de la presente resolución.
ARTICULO 3º).- Regístrese, comuníquese y pase a la Dirección General
de Alumnos y Estudio para su conocimiento y demás efectos; tomen razón el Programa
de Desarrollo Informático y el Boletín Oficial. Cumplido, archívese.
DR. LUIS MARIA FERNANDEZ
RECTOR
DRA. MARIA FERNANDA CRAVERO
SECRETARIA GENERAL ACADEMICA
A N E X O I
Resolución R-805/04
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