PERSONAL NO DOCENTE

PROVISIÓN DE VESTIMENTA

 

Resolución R-812/04

 

Bahía Blanca , 13 setiembre 2004.

 

         VISTO:

         Lo solicitado por la Asociación de Trabajadores de la Universidad Nacional del Sur sobre la provisión de ropa de trabajo para el personal No Docente del Agrupamiento Administrativo de esta Universidad y del resto del personal que cumple tareas de atención al público; y

 

         CONSIDERANDO:

         Que la provisión de ropa de trabajo es un beneficio social que tiene por objeto mejorar la calidad de vida de los trabajadores y amortiguar el impacto que dicho gasto genera en el salario;

         Que la identidad de una institución, su personalidad, es su activo más preciado porque es el único elemento que le permite comunicar lo que ella es;

         Que una manera de propender a consolidar dicha identidad es definir la vestimenta que el personal deberá lucir para el desempeño de sus tareas, ya que hace a la presentación formal del trabajador, y por tanto, de la misma Universidad  ante la sociedad;

         Que todas las organizaciones modernas están adoptando esta modalidad, a fin de que el personal pueda ser rápidamente identificado por cualquier persona que requiera sus servicios;

         Que por otra parte, es intención del gobierno de la Universidad establecer nuevos mecanismos de seguridad, y el uso de todo aquello que ayude a identificar a los trabajadores que colaboran con dicha tarea, favorece el desarrollo de esos mecanismos;

         Que el Consejo Superior Universitario otorgó en el Presupuesto 2004, partidas a la compra del uniforme para el personal No Docente del Agrupamiento Administrativo;

 

         POR ELLO,

 

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).-  Autorizar la compra de ropa de trabajo que deberá vestir el Personal No Docente del Agrupamiento Administrativo de esta Universidad y aquellos trabajadores de otros Agrupamientos que desempeñen tareas de atención al público debidamente comprobadas.

 

ARTICULO 2º).- Encomendar a los representantes de la Asociación de Trabajadores de la Universidad Nacional del Sur (ATUNS) la realización del pedido de compra correspondiente.

 

ARTICULO 3º).- Regístrese. Caratúlese por Mesa General de Entradas. Pase a las Direcciones Generales de Personal y de Economía y Finanzas para su conocimiento y demás efectos. Por Secretaría General Técnica notifíquese a todas las dependencias y ATUNS. Cumplido, oportunamente, archívese.

 

DR. LUIS MARIA FERNANDEZ

RECTOR

LIC. GUILLERMO M. LUCANERA

SEC. GRAL. TÉCNICO