PERSONAL
- REMUNERACIONES LINEAMIENTOS PARA SU LIQUIDACIÓN. (modif. R-577/06 bis y
R-732/06)
Resolución R-814/06
Expediente 65/06
BAHIA BLANCA, 23 agosto 2006.
VISTO:
Los
Lineamientos para la Liquidación de los salarios Docentes ty No Docentes del
mes de agosto de 2006, remitidos por el Ministerio de Educación, Ciencia y
Tecnología; y
CONSIDERANDO:
Que,
dicho instructivo otorga una suma remunerativa y no bonificable de acuerdo a la
escala para las distintas categorías del Escalafón para el Personal No Docentes
de las Universidades Nacionales (Decreto 2213/87);
Que,
en el mencionado instructivo otorga sumas remunerativas y bonificables al
personal Docente Universitario y Preuniversitario;
POR
ELLO,
El Vicerrector de la Universidad Nacional del Sur
“ad referéndum del Consejo Superior Universitario”
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º).- Modificar los Anexos I y II de la
resolución R-732/06, estableciéndose nuevos índices para cada cargo Docente y
Horas de Cátedra, a partir de los cuales se calculará el Sueldo Básico, según
escala que se agrega como Anexos I y II a la presente resolución.
ARTICULO 2º).- Modificar el art. 2º de la
Resolución R-577/06 el que dispuso la liquidación y pago de una suma
remunerativa y no bonificable para el personal No Docente de acuerdo al
siguiente detalle:
Categoría
11 |
$ 695 |
Categoría
10 |
$ 573 |
Categoría
9 |
$ 379 |
Categorías
8 y 7 |
$ 274 |
Categorías
6 a 1 |
$ 232 |
ARTICULO 3º).- Modificar el artículo 5º de la
Resolución R-577/06 bis por la que se
dispuso la liquidación pago de una suma
remunerativa y no bonificable al personal no docente contratado según la
siguiente escala:
▪
Contratos menores o iguales a $ 900: $ 274.
▪
Contratos mayores a $ 900 y menores a $ 1200: $
379.
▪
Contratos mayores a $ 1200: $ 419
ARTICULO 4º).- Establecer que, en el caso que el
personal contratado sea incorporado a la Planta Permanente, si correspondiera
por la categoría a la que accediera cada agente, se le liquidarán las diferencias entre la suma liquidada en
el artículo 3º y las establecidas para las diferentes categorías en el artículo
1º de la presente resolución, con retroactividad al 1 de agosto de 2006.
ARTICULO 5º).- Para el cálculo de las sumas
determinadas en el artículo 3º se deberá tener en cuenta la suma mensual básica
del contrato.
ARTICULO 6º).- La presente resolución tendrá
vigencia a partir del 1 de agosto de 2006.
ARTICULO 7º).- La erogación resultante de la
aplicación de la presente resolución se afectará presupuestariamente al Tipo de
Actividad de acuerdo a la imputación del cargo.
ARTICULO
8º).- Regístrese. Pase a las Direcciones Generales de Personal y de
Economía y Finanzas para su conocimiento y demás efectos. Gírese al Consejo
Superior Universitario para su ratificación. Tomen razón ADUNS y ATUNS. Cumplido, oportunamente, archívese.
MG. JORGE RAUL ARDENGHI
VICERRECTOR
LIC. MIGUEL H. LLITERAS
SECRETARIO GENERAL TECNICO
A N E X O I
DOCENTE UNIVERSITARIO
Cargos |
Indice |
DEDICACIÓN EXCLUSIVA |
|
PROFESOR
TITULAR |
4909 |
PROFESOR
ASOCIADO |
4496 |
PROFESOR
ADJUNTO |
3761 |
ASISTENTE
DE DOC. |
3377 |
AYUDANTE
DE DOC. |
3087 |
DEDICACIÓN SEMIEXCLUSIVA |
|
PROFESOR
TITULAR |
2027 |
PROFESOR
ASOCIADO |
1917 |
PROFESOR
ADJUNTO |
1629 |
ASISTENTE
DE DOC. |
1439 |
AYUDANTE
DE DOC. |
1322 |
DEDICACIÓN SIMPLE |
|
PROFESOR
TITULAR |
871 |
PROFESOR
ASOCIADO |
802 |
PROFESOR
ADJUNTO |
701 |
ASISTENTE
DE DOC. |
626 |
AYUDANTE
DOC. “A” |
573 |
AYUDANTE
DOC. “B” |
534 |
DOCENTE
PREUNIVERSITARIO
Cargos |
Indice |
Director de Primera Dos
Turnos |
2037 |
Vice Director Primera |
1874 |
Coordinador EGB Nivel
Inicial 1, 2 y 3 |
1937 |
Sub Regente del Dpto. de
Aplicación |
1833 |
Secretaria de Primera |
1693 |
Jefe Auxiliares Docentes |
1487 |
Auxiliar Docente
(Preceptor) |
1413 |
Ayudante Clases Prácticas |
1388 |
Vicerrector -
Vicedirector |
1946 |
Vicedirector EEGB |
1946 |
Rector Director |
2107 |
Maestra Enseñanza
Práctica |
1393 |
Ayudante Computación
Nivel Superior |
1490 |
Jefe Laborat. Computac.
Nivel Medio |
1490 |
Psicopedagogo |
1500 |
Psicólogo |
1500 |
Bibliotecario |
1425 |
Secretaria Nivel Sup. No
Universitaria |
1730 |
Jefe Dpto. Recursos
Didácticos |
1436 |
Secretaria EEGB |
1730 |
Auxiliar de Gestión Jta.
Evaluadora |
1388 |
Maestra Coordinadora |
1668 |
Coordinador de
Departamento |
1874 |
Director EEGB |
2107 |
Jefe de Laboratorio |
1436 |
Jefe de Sección |
1436 |
Profesor Orientador |
1479 |
Profesor EGB 1º y 2º ciclo |
1547 |
Profesor Nivel Inicial |
1567 |
Profesor Especial Nivel
Inicial |
1339 |
Profesor Especial 1 y 2
ciclo |
1339 |
Hora cátedra Nivel Medio |
91 |
Hora cátedra Nivel
Superior |
111 |
MG. JORGE RAUL ARDENGHI
VICERRECTOR
LIC. MIGUEL H. LLITERAS
SECRETARIO GENERAL TECNICO