CONCURSOS
PERSONAL NODOCENTE / ADECUACIONES
R-755/18
/ Deroga Res. R-Nº 273/20
Resolución
R-880/23
Expte.
2622/2006
BAHIA BLANCA, 15 de septiembre de 2023
VISTO:
El Convenio Colectivo de Trabajo para el
Sector Nodocente de las Instituciones Universitarias Nacionales, homologado por
Decreto 366/2006;
El Reglamento General de Concursos para
el Personal Nodocente de la UNS, Resolución R-755/2018, ratificado por
Resolución CSU-415/2018;
Lo autorizado por Resolución R-273/2020,
correspondiente a la implementación de pautas provisorias para dar continuidad
a los llamados a concursos durante el período de ASPO;
Lo aprobado por Resolución CSU-03/2023,
que aprueba la estructura institucional organizativa de la UNS;
El Acta de la Comisión Paritaria de
Nivel Particular del Sector Nodocente UNS-ATUNS, de fecha 28 de agosto de 2023
por la cual se acordó establecer modificaciones en pos de mejorar el proceso
autorizado por Resolución R-755/2018; y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 24º del Convenio
Colectivo para el personal Nodocente de las Universidades Nacionales establece
que debe reglamentarse el Régimen de Concursos en el ámbito de las paritarias
particulares;
Que durante el período de ASPO se
implementaron de manera exitosa protocolos con el fin de dar continuidad a los
procesos, los cuales agilizaron los procedimientos utilizando herramientas
digitales y repositorios de documentación, autorizados por R-273/2020;
Que mediante el acta de la Comisión
Paritaria de Nivel Particular para el personal Nodocente de la UNS mencionada
en el Visto, se acordó incorporar adecuaciones al proceso de llamados a
concursos reglamentados por la R-755/2018, basado en los avances tecnológicos
con el fin de optimar cuestiones procedimentales y brindar autonomía a las
personas interesadas apuntando a la flexibilidad y adaptabilidad de sus
necesidades;
Que en las negociaciones paritarias
mencionadas, se abordaron las propuestas presentadas por las Subsecretarías de
Gestión de Personal y de Derechos Humanos, y se llegaron a acuerdos que fueron
ratificados mediante el acta correspondiente;
Que resulta necesario adecuar la
normativa mediante la adopción de criterios de selección que aseguren la
igualdad de oportunidades para los postulantes, así como la eficiencia y
correcta administración de los recursos públicos, con el fin de brindar
servicios de calidad.
POR ELLO,
LA VICERRECTORA DE LA UNIVERSIDAD
NACIONAL DEL SUR
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Derogar la resolución R-Nº
273/2020.
ARTÍCULO 2º: Incorporar los ajustes
acordados por la Comisión Paritaria de Nivel Particular UNS-ATUNS, mediante
Acta de fecha 28 de agosto de 2023, correspondiente a adecuaciones al proceso
de llamado a concurso cerrado y abierto reglamentado por resolución R-755/2018.
ARTÍCULO 3º: Acordar en todos los casos
en los cuales se menciona: “Secretaría General Técnica” deberá entenderse
“Subsecretaría de Gestión de Personal”, en virtud del cambio de estructura
institucional organizativa de la UNS aprobada por resolución CSU-03/2023.
ARTÍCULO 4º: Establecer la modalidad de
inscripción online, la cual se realizará a través de la página web de la
Universidad Nacional del Sur, completando el formulario de inscripción con
carácter de Declaración Jurada.
ARTÍCULO 5º: Aprobar el protocolo de
inscripción, el cual se adjunta como Anexo I de la presente.
ARTÍCULO 6º: Disponer que el formulario
de inscripción deberá estar disponible las 24 horas del día, desde las 00:00
horas de la fecha de apertura y hasta el cierre a las 23:59 horas del último
día indicado para la inscripción, sin excepción.
ARTÍCULO 7º: Aprobar el uso del
repositorio introducido por la Dirección General de Sistemas de Información
como sitio seguro para alojar la documentación enviada por los postulantes y el
jurado.
ARTÍCULO 8º: Establecer que durante el
período de inscripción las personas con Certificado Único de Discapacidad (CUD)
o demás certificados de discapacidad vigentes, expedidos por autoridades
competentes, según lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley 22.431, deberán
solicitar los apoyos y/o ajustes razonables que requieran en el acto concursal.
Siendo la Subsecretaría de Derechos Humanos la encargada de gestionar los
mismos para asegurar la accesibilidad del acto.
ARTÍCULO 9º: Registrar. Notificar.
Informar a la Dirección General de Personal para su conocimiento y demás
efectos. Publicar en el Servicio de Boletín Oficial y Digesto Administrativo.
Comunicar al CSU y ATUNS. Cumplido, archivar
DRA. ANDREA CASTELLANO
VICERRECTORA
DR. PABLO D. MONTERUBBIANESI
SUBSECRETARIO DE GESTION DE PERSONAL
ANEXO
I
Resolución R-880/23
PROTOCOLO PARA INSCRIPCIONES A CONCURSOS
DE PERSONAL NODOCENTE
La Subsecretaría de Gestión de Personal
define el siguiente protocolo para el manejo de la documentación referida a
Concursos de Personal Nodocente.
1- La publicación e inscripción a
concursos cerrado y/o abierto reglamentado por Resolución R-755/2018, se
realizará a través de la página web de la UNS.
2- Para la inscripción, la persona
interesada, deberá completar la planilla que se encuentra disponible durante el
período de inscripción correspondiente.
3- Durante el período de inscripción las
personas con Certificado Único de Discapacidad (CUD) o demás certificados de
discapacidad vigentes, expedidos por autoridades competentes, según lo
dispuesto en el art 8° de la Ley N° 22.431, deberán solicitar los apoyos y/o
ajustes razonables que requieran en el acto concursal. La Subsecretaría de DDHH
será la encargada de gestionar los mismos para asegurar la accesibilidad del
acto.
4- Una vez realizada la preinscripción,
la Dirección de Asistencia y Legajos (DAL) tomará contacto con el postulante al
mail registrado en la inscripción, desde el correo institucional, con el fin de
indicarle el enlace que le permitirá subir toda la documentación, en formato
digital (PDF) y legible.
5- La DAL controlará la documentación y
generará una respuesta de correo con el detalle de lo recibido y lo aceptado.
Asimismo, dejará constancia de motivos de rechazo total o parcial de la
documentación por no reunir las condiciones necesarias o por encontrarse
faltante.
6- El interesado podrá realizar
cualquier reclamo dentro de las 24 horas de recibida la respuesta de la DAL.
7- Una vez verificado el cumplimiento de
los requisitos y confirmada la documentación, la misma quedará archivada en la
plataforma Nextcloud UNS o en la que se defina en el
futuro, donde quedará disponible para quienes intervengan como jurados y
veedores.
8- En forma simultánea al archivo, la
DAL procederá a confirmar la inscripción en la página web, en el Sistema de
Administración de Concursos Nodocentes.
9- En la plataforma Nextcloud
UNS o en la que se defina en el futuro, quedarán archivadas aquellas
actuaciones que formen parte de cada concurso y no se encuentren publicadas en
la página web, en el Sistema de Administración de Concursos Nodocentes.
10- Al momento de cierre de cada
concurso, la DAL publicará la nómina de inscriptos en la página web y lo
comunicará a través del correo institucional a los integrantes del jurado,
junto con el enlace de acceso a la documentación.
11- La Comisión Paritaria de Nivel
Particular del Sector Nodocente es el órgano de interpretación de esta
normativa. Si se presentase alguna situación fuera de las contempladas en el
Reglamento General de Concurso, en la presente normativa, en el Decreto
366/2006 o en la Ley 19.549, la misma deberá ser resuelta en el ámbito de la
Paritaria Particular de la Universidad la que deberá emitir un dictamen para
cada situación planteada de acuerdo a los antecedentes y circunstancias
evaluadas, es decir que dicho dictamen no podrá aplicarse a situaciones
semejantes salvo que así lo indique la Paritaria Particular.
DRA. ANDREA CASTELLANO
VICERRECTORA
DR. PABLO D. MONTERUBBIANESI
SUBSECRETARIO DE GESTION DE PERSONAL