CONCURSOS PERSONAL NODOCENTE / ADECUACIONES

R-755/18 / Deroga Res. R-Nº 273/20

 

Resolución R-880/23

Expte. 2622/2006

 

BAHIA BLANCA, 15 de septiembre de 2023

 

VISTO:

El Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector Nodocente de las Instituciones Universitarias Nacionales, homologado por Decreto 366/2006;

 

El Reglamento General de Concursos para el Personal Nodocente de la UNS, Resolución R-755/2018, ratificado por Resolución CSU-415/2018;

 

Lo autorizado por Resolución R-273/2020, correspondiente a la implementación de pautas provisorias para dar continuidad a los llamados a concursos durante el período de ASPO;

 

Lo aprobado por Resolución CSU-03/2023, que aprueba la estructura institucional organizativa de la UNS;

 

El Acta de la Comisión Paritaria de Nivel Particular del Sector Nodocente UNS-ATUNS, de fecha 28 de agosto de 2023 por la cual se acordó establecer modificaciones en pos de mejorar el proceso autorizado por Resolución R-755/2018; y

 

CONSIDERANDO:

Que el artículo 24º del Convenio Colectivo para el personal Nodocente de las Universidades Nacionales establece que debe reglamentarse el Régimen de Concursos en el ámbito de las paritarias particulares;

 

Que durante el período de ASPO se implementaron de manera exitosa protocolos con el fin de dar continuidad a los procesos, los cuales agilizaron los procedimientos utilizando herramientas digitales y repositorios de documentación, autorizados por R-273/2020;

 

Que mediante el acta de la Comisión Paritaria de Nivel Particular para el personal Nodocente de la UNS mencionada en el Visto, se acordó incorporar adecuaciones al proceso de llamados a concursos reglamentados por la R-755/2018, basado en los avances tecnológicos con el fin de optimar cuestiones procedimentales y brindar autonomía a las personas interesadas apuntando a la flexibilidad y adaptabilidad de sus necesidades;

 

Que en las negociaciones paritarias mencionadas, se abordaron las propuestas presentadas por las Subsecretarías de Gestión de Personal y de Derechos Humanos, y se llegaron a acuerdos que fueron ratificados mediante el acta correspondiente;

 

Que resulta necesario adecuar la normativa mediante la adopción de criterios de selección que aseguren la igualdad de oportunidades para los postulantes, así como la eficiencia y correcta administración de los recursos públicos, con el fin de brindar servicios de calidad.

POR ELLO,

 

LA VICERRECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Derogar la resolución R-Nº 273/2020.

 

ARTÍCULO 2º: Incorporar los ajustes acordados por la Comisión Paritaria de Nivel Particular UNS-ATUNS, mediante Acta de fecha 28 de agosto de 2023, correspondiente a adecuaciones al proceso de llamado a concurso cerrado y abierto reglamentado por resolución R-755/2018.

 

ARTÍCULO 3º: Acordar en todos los casos en los cuales se menciona: “Secretaría General Técnica” deberá entenderse “Subsecretaría de Gestión de Personal”, en virtud del cambio de estructura institucional organizativa de la UNS aprobada por resolución CSU-03/2023.

 

ARTÍCULO 4º: Establecer la modalidad de inscripción online, la cual se realizará a través de la página web de la Universidad Nacional del Sur, completando el formulario de inscripción con carácter de Declaración Jurada.

 

ARTÍCULO 5º: Aprobar el protocolo de inscripción, el cual se adjunta como Anexo I de la presente.

 

ARTÍCULO 6º: Disponer que el formulario de inscripción deberá estar disponible las 24 horas del día, desde las 00:00 horas de la fecha de apertura y hasta el cierre a las 23:59 horas del último día indicado para la inscripción, sin excepción.

 

ARTÍCULO 7º: Aprobar el uso del repositorio introducido por la Dirección General de Sistemas de Información como sitio seguro para alojar la documentación enviada por los postulantes y el jurado.

 

ARTÍCULO 8º: Establecer que durante el período de inscripción las personas con Certificado Único de Discapacidad (CUD) o demás certificados de discapacidad vigentes, expedidos por autoridades competentes, según lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley 22.431, deberán solicitar los apoyos y/o ajustes razonables que requieran en el acto concursal. Siendo la Subsecretaría de Derechos Humanos la encargada de gestionar los mismos para asegurar la accesibilidad del acto.

 

ARTÍCULO 9º: Registrar. Notificar. Informar a la Dirección General de Personal para su conocimiento y demás efectos. Publicar en el Servicio de Boletín Oficial y Digesto Administrativo. Comunicar al CSU y ATUNS. Cumplido, archivar

 

DRA. ANDREA CASTELLANO

VICERRECTORA

DR. PABLO D. MONTERUBBIANESI

SUBSECRETARIO DE GESTION DE PERSONAL

 

ANEXO I

Resolución R-880/23

 

PROTOCOLO PARA INSCRIPCIONES A CONCURSOS DE PERSONAL NODOCENTE

 

La Subsecretaría de Gestión de Personal define el siguiente protocolo para el manejo de la documentación referida a Concursos de Personal Nodocente.

 

1- La publicación e inscripción a concursos cerrado y/o abierto reglamentado por Resolución R-755/2018, se realizará a través de la página web de la UNS.

 

2- Para la inscripción, la persona interesada, deberá completar la planilla que se encuentra disponible durante el período de inscripción correspondiente.

 

3- Durante el período de inscripción las personas con Certificado Único de Discapacidad (CUD) o demás certificados de discapacidad vigentes, expedidos por autoridades competentes, según lo dispuesto en el art 8° de la Ley N° 22.431, deberán solicitar los apoyos y/o ajustes razonables que requieran en el acto concursal. La Subsecretaría de DDHH será la encargada de gestionar los mismos para asegurar la accesibilidad del acto.

 

4- Una vez realizada la preinscripción, la Dirección de Asistencia y Legajos (DAL) tomará contacto con el postulante al mail registrado en la inscripción, desde el correo institucional, con el fin de indicarle el enlace que le permitirá subir toda la documentación, en formato digital (PDF) y legible.

 

5- La DAL controlará la documentación y generará una respuesta de correo con el detalle de lo recibido y lo aceptado. Asimismo, dejará constancia de motivos de rechazo total o parcial de la documentación por no reunir las condiciones necesarias o por encontrarse faltante.

 

6- El interesado podrá realizar cualquier reclamo dentro de las 24 horas de recibida la respuesta de la DAL.

 

7- Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos y confirmada la documentación, la misma quedará archivada en la plataforma Nextcloud UNS o en la que se defina en el futuro, donde quedará disponible para quienes intervengan como jurados y veedores.

 

8- En forma simultánea al archivo, la DAL procederá a confirmar la inscripción en la página web, en el Sistema de Administración de Concursos Nodocentes.

 

9- En la plataforma Nextcloud UNS o en la que se defina en el futuro, quedarán archivadas aquellas actuaciones que formen parte de cada concurso y no se encuentren publicadas en la página web, en el Sistema de Administración de Concursos Nodocentes.

 

10- Al momento de cierre de cada concurso, la DAL publicará la nómina de inscriptos en la página web y lo comunicará a través del correo institucional a los integrantes del jurado, junto con el enlace de acceso a la documentación.

 

11- La Comisión Paritaria de Nivel Particular del Sector Nodocente es el órgano de interpretación de esta normativa. Si se presentase alguna situación fuera de las contempladas en el Reglamento General de Concurso, en la presente normativa, en el Decreto 366/2006 o en la Ley 19.549, la misma deberá ser resuelta en el ámbito de la Paritaria Particular de la Universidad la que deberá emitir un dictamen para cada situación planteada de acuerdo a los antecedentes y circunstancias evaluadas, es decir que dicho dictamen no podrá aplicarse a situaciones semejantes salvo que así lo indique la Paritaria Particular.

 

DRA. ANDREA CASTELLANO

VICERRECTORA

DR. PABLO D. MONTERUBBIANESI

SUBSECRETARIO DE GESTION DE PERSONAL