LINEAMIENTOS
ACTIVIDADES PRESENCIALES UNS / DEROGA RES. R-756/20
Resolución
R-92/22
Expte.
489/20
Bahía Blanca, 9 de marzo de 2022
VISTO:
La Resolución 3043/21 del
Ministerio de Educación de la Nación (ME), que estableció que la efectiva
reanudación de las actividades académicas presenciales en Universidades e
Institutos Universitarios será decidida por las autoridades provinciales,
quienes podrán suspender las actividades y reanudarlas conforme a la evolución
de la situación epidemiológica;
La resolución CSU-614/21
que define las pautas para el desarrollo de las actividades académicas durante
el primer cuatrimestre de 2022 en la UNS;
El protocolo básico de
seguridad e higiene para el retorno a las actividades presenciales en la
primera etapa dispuesto para la UNS a través de la Res. R-756/20;
La Res. 4/2022 conjunta
del Ministerio de Salud y Jefatura de Gabinete de la provincia de –Buenos Aires
en la que se establecen los “Lineamientos sanitarios para el retorno a la presencialidad plena” en Universidades e Institutos
Universitarios con asiento en la provincia de Buenos Aires; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto
del Poder Ejecutivo Nacional Nº 260/20 prorrogado y modificado por su similar
Decreto Nacional Nro. 167/21, se amplió por el plazo de un (1) año y por el
Decreto Nro. 867/21 se prorrogó hasta el día 31 de diciembre del año 2022 la
emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley Nº 27541, en virtud
de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en
relación con el virus COVID-19;
Que en el ámbito de la
Provincia de Buenos Aires, mediante el Decreto Nº 132/20, ratificado por la Ley
Nº 15174, se declaró la emergencia sanitaria, por el término de ciento ochenta
(1º80) días a partir de la fecha de su dictado, la cual ha sido prorrogada por
los Decretos Nº 771/20, Nº 106/21 y Nº733/21, encomendando en su artículo 6º a
la Dirección General de Cultura y Educación la adopción de las medidas
necesarias para prevenir la propagación del mencionado virus en los
establecimientos a su cargo;
Que la UNS ha establecido
a través de la res. R-756/20 un protocolo básico de seguridad e higiene para el
retorno de las actividades presenciales en la primera etapa;
Que las condiciones del
contexto de la pandemia de COVID 19 son dinámicas y se han modificado y que por
ello las normas vigentes la UNS deben adaptarse a estos cambios;
Que, atento al inicio del
ciclo lectivo 2022 resulta necesario actualizar las pautas dentro de las cuales
se desarrollarán las actividades en la Universidad;
Por ello,
EL
RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR ad referéndum del CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
RESUELVE:
ARTICULO 1º).- Derogar la
Res. R-756/20 que establece el protocolo básico de seguridad e higiene para el
retorno a las actividades presenciales para la UNS.
ARTICULO 2º).- Disponer
que las actividades dentro de la UNS, se rijan por los “Lineamientos sanitarios
para el retorno a la presencialidad plena” en
Universidades e Institutos Universitarios con asiento en la provincia de Buenos
Aires; establecido a través de la Res. 4/2022 conjunta del Ministerio de Salud
y Jefatura de Gabinete de la provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 3º) Establecer
que como indica el art. 5º de la Res. CSU-291/20, las autoridades allí listadas
decidirán en el ámbito de sus dependencias si estos lineamientos deben
complementarse con protocolos específicos aprobados por el Servicio de Higiene
y Seguridad en el Trabajo de la UNS (SHST) de acuerdo a las particularidades de
las actividades a desarrollar.
ARTICULO 4º).- El
desarrollo de las actividades académicas se regirá por lo establecido en la
Res. SU-614/21.
ARTICULO 5º).- Regístrese. Pase al Consejo Superior
Universitario para su ratificación. Gírese a la Secretaría General de
Coordinación y por su intermedio, comuníquese a toda la comunidad
universitaria. Cumplido, archívese.
DR.
DANEL A. VEGA
RECTOR