PERSONAL
DOCENTE
CONTRATOS
Y ASIGNACIONES COMPLEMENTARIAS (ACTUALIZACION
DE MONTOS / DEROGA CSU-604/05)
Resolución R-942/06.
Expediente CSU-1863/02
BAHIA
BLANCA, 25 de setiembre de 2006.
VISTO:
Lo
establecido en la Resolución CSU- Nº 833/02 que fija pautas para el
otorgamiento de contratos y asignaciones complementarias, y la Resolución
CSU-Nº 604/05 que fija los montos relativos a dicha resolución;
CONSIDERANDO:
Que
los montos para contratos aprobados por Resolución CSU-Nº 604/05 han quedado
desactualizados considerando los aumentos salariales determinados por los
acuerdos aprobados;
Que
dichos incrementos salariales pueden financiarse con las economías del primer
semestre en la partida de contratos y con las economías Afip;
Que
consta el aval de la Comisión de Economía, Finanzas y Edificios del Consejo
Superior Universitario, en su reunión de fecha 14 de setiembre de 2006;
POR
ELLO,
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR “AD
REFERÉNDUM” DEL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO:
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º).- Derogar la Resolución CSU-604/05.
ARTICULO 2º).- Fijar las asignaciones complementarias
mensuales previstas en el artículo primero de la Resolución CSU-Nº 833/02, en
los siguientes montos que incluyen el SAC.
CARGO |
MONTO JUNIO
2006 |
MONTO
AGOSTO 2006 |
Profesor |
$ 569.00 |
$ 600.00 |
Asistente |
$ 472.00 |
$ 500.00 |
Ayudante |
$ 388.00 |
$ 413.00 |
ARTICULO 3º).- Fijar los siguientes montos mensuales
para los contratos previstos en el artículo segundo de la resolución
CSU-Nº833/02.
CARGO |
MONTO JUNIO
2006 |
MONTO
AGOSTO 2006 |
Profesor |
$ 526.00
mas el SAC |
$ 554.00
mas el SAC |
Asistente |
$ 436.00
mas el SAC |
$ 461.00
mas el SAC |
Ayudante |
$ 358.00
más el SAC |
$ 381.00
más el SAC |
ARTICULO
4º).- Establecer que los montos establecidos en los artículos 2º y 3º,
tendrán vigencia a partir del 1 de junio de 2006 los de la columna MONTO
JUNIO 2006, y a partir del 1 de agosto
de 2006 los de la columna MONTO AGOSTO 2006, y los montos de los contratos en
vigencia a esa fecha en el marco de la Resolución CSU-Nº 604/05, serán
reemplazados por los de la presente resolución.
ARTICULO 5º).- Los incrementos de los montos de los
contratos y asignaciones complementarias serán financiados con las economías
del primer semestre en la partida de contratos, y con las economías Afip en caso de no alcanzar dichas economías.
ARTICULO 6º).- Pase a la Secretaría General
Académica. Tomen razón las Direcciones Generales de Economía y Finanzas y de
Personal. Gírese al Consejo Superior Universitario para su ratificación.
Comuníquese a los Departamentos Académicos. Cumplido, oportunamente, archívese.
DR. LUIS
MARIA FERNANDEZ
RECTOR
LIC. MIGUEL H. LLITERAS
SECRETARIO GENERAL TECNICO