AGENTES DEL ESTADO.


Beneficio previsto en el artículo 15 inciso b) del Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias.


Resolucion Nº 22.


B.O.: 26/6/85


Buenos Aires, 21 de Junio de 1985.


El Secretario de la Función Pública de la Presidencia dc la Nacion Resuelve:

Articulo 1º - Establécese que las agentes mujeres a las que se les hubiese otorgado la tenencia con fines de adopcion de lactantes se encuentran comprendidas en los alcances del beneficio previsto en el artículo 15, inciso b) del Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias aprobado por Decreto Nº 3.413 del 28 de diciembre de 1979 modificado por su similar 894 del 6 de mayo de 1982.

Articulo 2º - Registrese, comuniquese, dése a la Direccion Nacional del Registro Oficial y archivese.


Prof. Jorge E. Roulet