AGENTES DEL ESTADO


Derecho a licencia anual ordinaria Suspensión preventiva dispuesta en sumario - Exclusión de su termino.


Resolución N° 28/86: PN-SFP


Buenos Aires, 15 de julio de 1986.


El Secretario de la Funcion Publica de la Presidencia de la Nacion Resuelve:


Articulo 1º - Aclįrase que aquel periodo en que no se preste servicios como consecuencia de una suspensión preventiva dispuesta a causa de un sumario del que posteriormente resulte una sancion expulsiva no genera derecho a licencia anual ordinaria.

Articulo 2º - Registrese, comuníquese, publiquese, dese a la Direccion Nacional del Registro Oficial y archivese.


Prof. Jorge E. Roulet