AGENTES DEL ESTADO
Derecho a licencia anual ordinaria Suspensión preventiva dispuesta en sumario - Exclusión de su termino.
Resolución N° 28/86: PN-SFP
Buenos Aires, 15 de julio de 1986.
El Secretario de la Funcion Publica de la Presidencia de la Nacion Resuelve:
Articulo 1º - Aclįrase que aquel periodo en que no se preste servicios como consecuencia de una suspensión preventiva dispuesta a causa de un sumario del que posteriormente resulte una sancion expulsiva no genera derecho a licencia anual ordinaria.
Articulo 2º - Registrese, comuníquese, publiquese, dese a la Direccion Nacional del Registro Oficial y archivese.
Prof. Jorge E. Roulet