CREACION DEL TITULO DE PROFESOR EN ELECTRICIDAD Y ELECTRONICA

Resolucion AU-6/95

Expedientes DIE-1541/94 y AU-225/95.

BAHIA BLANCA, 21 de abril de 1995.

VlSTO:

La Ley Federal de Educacion N°24195 y el Decreto 256/94 del Poder Ejecutivo Nacional

La propuesta de creacion del titulo de "Profesor en Electricidad-Electronica" elevada por el Consejo Universitario a traves de la Resolucion CU-467/94 del 2 de diciembre de 1994; y

CONSIDERANDO:

Que son atendibles las razones presentadas por el Departamento de Ingenieria Electrica

Que el plan propuesto se ajusta a las normas vigentes en esta Universidad;

Que de conformidad con el Art. 39', inciso g) del Estatuto de la Universidad Nacional del Sur, es atribucion de la Asamblea Universitaria la creacion de titulos a propuesta del Consejo Universitario;

POR ELLO:

La Asamblea Universitaria en acuerdo tomado en su sesidn extraordinaria del dia 19 de abril de 1995 y en uso de sus atribuciones,

R E S U E L V E :

ARTICULO 1°). Crear el titulo de Profesor en Electricidad y Electronica en el ambito de la Universidad Nacional del Sur.

ARTICVLO 2). Recomendar al Consejo Universitario el otorgamiento del titulo creado en el articulo precedente bajo las condiciones establecidas en el Anexo que integra la presente Resolucion.

ARTICULO 3°). Registrese. Comuniquese al señor Rector y por su intermedio al Consejo Universitario. Tome razon la Direccion del Boletin Oficial y archivese.

ING. CECILIO LUCAS

PRESIDENTE ASAMBLEA UNIVERSITARIA

FERNANDO PABLO LAGO

SECRETARIO 1° ASAMBLEA UMVERSITARIA

A N E X O

(Resolucion AU-6/95)

PROFESORADO EN ELECTRICIDAD Y ELECTRONICA

TITULO A OTORGAR: Profesor en Electricidad y Electronica.

ALCANCES: DocencIa en establecimientos de enseñanza media y en los ciclos: Educacion General Basica, Educacion Polimodal y Superior de nivel terciario no universitario, en las areas: electronica, energia electrica y otras areas afines.

Para optar al Titulo de: Profesor en Electricidad y Electronica se requiere el cumplimiento de las siguientes condiciones:

1. Poseer el Titulo de Ingeniero Electronico o de Ingeniero Electricista otorgado por la Universidad Nacional del Sur.

2. Cursar y aprobar en el Departamento de Humanidades de ia Universidad Nacional del Sur las siguientes asignaturas obligatorias:

Primer Cuatrimestre

Codigo 4892: Pedagogia General. 6 horas teoricopracticas semanales

Codigo 4555: Didactica Fundamental y Especial: 6 horas teoricopracticas semanales.

Codigo 4921: Psicologia de la Adolescencia. 3 horas teoricopracticas semanales.

Segundo cuatrimestre Practica de la Ensefianza. De acuerdo con lo reglamentado en la Resolucion N°49/91 del Departamento de Humanidades.

ING. CECILIO LUCAS

PRESIDENTE ASAMBLEA UNIVERSITARIA

FERNANDO PABLO LAGO

SECRETARIO 1° ASAMBLEA UNIVERSITARIA