CREACION PROGRAMA DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS EN LA ZONA DE INFLUENCIA DE LA UNS (PEUZO)
Resolución CSU-110/97.
Expediente CU-1218/95.
BAHIA BLANCA, 3 de abril de 1997.
VISTO:
El Convenio suscripto por la Universidad con la Asociación Pro Estudios Superiores en Tres Arroyos (Res.CSU-655/96); y
CONSIDERANDO:
La importancia de incrementar la presencia de la Universidad Nacional del Sur en las principales localidades de la zona de influencia, a la vez de contribuir al acceso a la educación superior de todos los sectores socio-económicos;
Que de acuerdo con la evaluación efectuada por la Comisión de Planeamiento de este Consejo, es académicamente factible comenzar el dictado de asignaturas básicas, comunes a varias carreras, a partir del 2º cuatrimestre del corriente año en la ciudad de Tres Arroyos;
Que es conveniente enmarcar esta iniciativa en un programa piloto que explicite, entre otros aspectos, las actividades académicas y administrativas a desarrollar y los bienes y servicios a aportar por las partes;
Que a fin de posibilitar el inicio de la experiencia, es necesario realizar un aporte económico por parte de la Universidad para solventar los salarios docentes y los viáticos involucrados;
Que este Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del 2 de abril de 1997, lo aconsejado por su Comisión de Planeamiento;
POR ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º).- Crear el "Programa de Estudios Universitarios en la Zona de Influencia de la UNS" (PEUZO) que tendrá como objetivo el dictado de asignaturas básicas, comunes a varias carreras, en localidades de la región.
ARTICULO 2º).- El PEUZO comenzará a título experimental en la ciudad de Tres Arroyos en el segundo cuatrimestre de 1997, y progresivamente se ampliará a otras localidades si la iniciativa resulta satisfactoria.
ARTICULO 3º).- Encomendar a la Secretaría de Relaciones Institucionales y Extensión Universitaria la coordinación del PEUZO con las demás dependencias de la Universidad que resulten involucradas, y la tarea de proponer a este Consejo tanto los detalles de implementación del mismo como la normativa específica necesaria.
ARTICULO 4º).- Asignar al PEUZO la suma de $ 30.000 (pesos treinta mil) para las actividades del corriente ejercicio. La erogación se afectará al saldo pendiente de distribución del Fondo Universitario.
ARTICULO 5º).- Pase a las Secretarías Generales Académica, Técnica y de Relaciones Institucionales y Extensión Universitaria. Gírese a la Dirección General de Economía y Finanzas y tomen razón los Departamentos Académicos. Dése al Boletín Oficial y cumplido; archívese.
LIC. RICARDO RAUL GUTIERREZ
RECTOR
LIC. GUILLERMO M. LUCANERA
SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO