SUBSIDIOS PARA ASISTENCIA DE JOVENES GRADUADOS - EVENTOS INTERNACIONALES.


Resolución CU-124/96.-

Expediente CU-256/95.-


BAHIA BLANCA, 22 de abril de 1996.-


VISTO:

La necesidad de reglamentar el otorgamiento de subsidios para que jóvenes graduados de la UNS, asistan a eventos científicos internacionales que se realicen en el exterior; y


CONSIDERANDO.

Que por Resolución CU-37/95 se asignó, de los fondos de la Finalidad Ciencia y Técnica de la UNS, correspondientes a la suma de $ 10.000 (Diez mil pesos) para los fines arriba descriptos;

Que se han presentado varias solicitudes de apoyo que no pueden ser resueltas por la carencia del reglamento respectivo;

Que es resorte de este Consejo Universitario el dictar la reglamentación y adjudicar los subsidios previo asesoramiento de la Secretaría General de Ciencia y Tecnología (SGCyT);

Que el Consejo Universitario aprobó en su reunión del 3/4/96 lo aconsejado por su Comisión de Investigaciones Científicas, Institutos, Becas y Subsidios;


POR ELLO,

EL CONSEJO UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :


ARTICULO 1º).- A fin de adjudicar subsidios para la Asistencia de Jóvenes Graduados a eventos internacionales que se realicen en el exterior, se efectuarán dos llamados a inscripción por año para presentar solicitudes de subsidios.


ARTICULO 2º).- Las fechas de llamado serán:

Primer llamado: en el mes de marzo, para los eventos científicos programados entre los meses de julio y diciembre del mismo año.

Segundo llamado: en el mes de setiembre, para los eventos científicos programados entre los meses de enero y junio del siguiente año.-


ARTICULO 3º).- Para ser seleccionado, las siguientes serán las condiciones necesarias:

a) Ser un joven graduado de la UNS, autor, o uno de los autores, de un trabajo de investigación aceptado por las autoridades de un evento científico internacional con sede en el exterior.

b) Contar con el aval de su Consejo Departamental.


ARTICULO 4º).- La figura de joven graduado responde al siguiente perfil: "Graduado en alguna de las carreras de grado de la UNS., dentro de los seis años precedentes al llamado y que se desempeñen como docentes de la UNS en las categorías de "Ayudante A" y/o "Asistente de Docencia" en cualquiera de las dedicaciones".-


ARTICULO 5º).- Cada subsidio individual no excederá a la suma de $ 1600 (mil seiscientos pesos) y los fondos que no se adjudiquen o no sean usados en cada llamado pasarán a integrar los fondos disponibles para el siguiente llamado.


ARTICULO 6º).- La solicitud de subsidio deberá contener la siguiente información:

a) Datos personales, título de la UNS, certificado analítico de materias incluidos los aplazos.

b) Curriculum vitae.

c) Fotocopia de certificado de aceptación del trabajo, trabajo enviado, los anuncios del evento en cuestión.

d) Suma solicitada y gastos estimados.

e) Breve exposición que contemple la naturaleza de la investigación y la importancia que reviste la presencia de uno de los autores en el evento.

f) Otros antecedentes que se consideren importantes.-


ARTICULO 7º).- El Consejo Asesor de Investigación de la Secretaría General de Ciencia y Tecnología, convocado a tal efecto por la Secretaría General de Ciencia y Tecnología, elevará al Consejo Universitario en los meses de abril y octubre, la lista de los jóvenes seleccionados y los montos acordados, a fin de que se otorguen los subsidios.

Los criterios básicos de selección serán:

a) Desempeño como estudiante.

b) Desempeño como docente.

c) Desempeño como investigador.

d) La breve exposición realizada según el artículo 6º inc. e).

e) Como última instancia, el juicio que merezca el evento y el trabajo aceptado.

Los elementos evaluados serán aquellos que figuren en los antecedentes elevados con la solicitud.


ARTICULO 8º).- A fin de adjudicar los fondos correspondientes al ejercicio 1995, se realizará un único llamado durante el mes de abril de 1996 para apoyo a la asistencia a eventos científicos internacionales que se realicen entre julio de 1996 y marzo de 1997.-


ARTICULO 9º).- En setiembre de 1996 se abrirá el concurso correspondiente a eventos que se realicen en el primer semestre de 1997 y a ser financiados con fondos del ejercicio 1996.-


ARTICULO 10º).- Pase a la Secretaría General de Ciencia y Tecnología para su conocimiento y demás efectos. Tomen razón los Departamentos Académicos. Cumplido, archívese.



LIC. RICARDO RAUL GUTIERREZ

RECTOR

LIC. GUILLERMO M. LUCANERA

SEC. GRAL. CONSEJO UNIVERSITARIO