PERSONAL NO DOCENTE


JURISDICCIÓN DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO


Reso1ución CU181/86.


BAHIA BLANCA, 15 de agosto de 1986


VISTO:

La conveniencia de agi1izar 1as designaciones del personal no docente; y


CONSIDERANDO:

Que el inciso 1) del Artículo 46° establece entre las atribúciones del Consejo Universitario, la de "proveer los cargos administrativos de acuerdo con lo estab1ecido en los Artículos 68° y 69°;

Que esta disposición estatutaria puede ser satisfecha sin por ello demorar la cobertura de los cargos que quedan vacantes por jubilación, renuncia o creación dispuesta por el Consejo Universitario

Que la atribución conferida específicamente por el Estatuto al Consejo Universitario tiene por finalidad asegurar que este organo de gobierno ejerza, también en este ambito, la conducción efectiva de la Universidad;


POR ELLO,

EL CONSEJO UNIVERSITARIO

RESUELVE :


ARTICULO 1°: Establecer que quedarán a cargo del Consejo Universitario, en lo relativo a 1a provisión de cargos no docentes, las siguientes funciones: a) Aprobar la planta de personal. b) Autorizar cambios de destino definitivos. c) Distribuir nuevos cargos no docentes entre los diferentes organismos de la Universidad. d) Aprobar la Reg1amentación Genera1 de Concursos de1 Persona1 no docente (art. 68°). e) Intervenir ante cua1quier rec1amo interpuesto durante 1a sustanciación de un concurso.


ARTICULO 2°: Autorizar a1 Rectorado a rea1izar las siguientes acciones: a) Llamar a concurso para la cobertura de cargos regulares, interinos o sup1entes de Personal no docente.b) Constituir e1 jurado correspondiente.c) Designar a los postulantes que resultaran ganadores. d) Ponerlos en función de su cargo con comunicación al Consejo Universitario. e) Conceder licencias de acuerdo a lo estipulado por el Regla mento correspondiente. f) Aceptar la renuncia del Personal no docente, con comunicación al Consejo Universitario. g) Disponer cambios de destino transitorio, cuando las necesidades de servicio así lo requieran.


ARTICULO 3°: Regístrese, pase a , Rectorado para su conocimiento; tome razón la Secretaría General Técnica. Cumplido, archívese.



DR. ALBERTO R. CASAL

Rector

ING. AGR. AGUEDA SUAREZ PORTO de MENVIELLE

Secretaria Consejo Universitario