REMUNERACIONES DE LOS MIEMBROS DE LOS CUERPOS COLEGIADOS DE GOBIERNO UNIVERSITARIO
Resolucion CU-219/88.
Expediente CU-811/88.
BAHIA BLANCA, 12 setiembre 1988.
VISTO:
El proyecto presentado por el Consejo Departamental de Humanidades para el otorgamiento de retribución pecuniaria a los miembros del Consejo Universitario y de los Consejos Departamentales; y
CONSIDERANDO:
Que el proyecto resulta palmariamente inviable según lo dispuesto por el artículo 44° del Estatuto de la U.N.S.;
Que el Consejo Universitario, en su sesión del 6 de setiembre del corriente, aprobó lo dictaminado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;
POR ELLO,
El Consejo Universitario
RESUELVE:
ARTICULO 1°). DECLARAR la inviabilidad del proyecto de renuneración a los miembros de los cuerpos colegiados de gobierno universitario en el actual estado normativo de la U.N.S. y atendiendo al actual régimen económicofinanciero, más allá de su eventual razonabilidad y solidez de fundamentos de lege ferenda.
ARTICULO 2°). Registrese, tomen razón la Asamblea Universitaria y los Departamentos Académicos. Cumplido, archívese.
Ing. Qco. BRAULIO RAUL LAURENCENA
Rector
Dr. NESTOR J. CAZZANIGA
Sec. Gral. Consejo Universitario