REMUNERACIONES DE LOS MIEMBROS DE LOS CUERPOS COLEGIADOS DE GOBIERNO UNIVERSITARIO


Resolucion CU-219/88.

Expediente CU-811/88.


BAHIA BLANCA, 12 setiembre 1988.


VISTO:

El proyecto presentado por el Consejo Departamental de Humanidades para el otorgamiento de retribución pecuniaria a los miembros del Consejo Universitario y de los Consejos Departamentales; y


CONSIDERANDO:

Que el proyecto resulta palmariamente inviable según lo dispuesto por el artículo 44° del Estatuto de la U.N.S.;

Que el Consejo Universitario, en su sesión del 6 de setiembre del corriente, aprobó lo dictaminado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;


POR ELLO,

El Consejo Universitario

RESUELVE:


ARTICULO 1°). DECLARAR la inviabilidad del proyecto de renuneración a los miembros de los cuerpos colegiados de gobierno universitario en el actual estado normativo de la U.N.S. y atendiendo al actual régimen económicofinanciero, más allá de su eventual razonabilidad y solidez de fundamentos de lege ferenda.


ARTICULO 2°). Registrese, tomen razón la Asamblea Universitaria y los Departamentos Académicos. Cumplido, archívese.



Ing. Qco. BRAULIO RAUL LAURENCENA

Rector

Dr. NESTOR J. CAZZANIGA

Sec. Gral. Consejo Universitario