PRESUPUESTO 1998 -

FONDO UNIVERSITARIO - FOMEC

 

 

 

Resolución CSU-274/98.-

Expediente CSU-2022/97.-

 

BAHIA BLANCA, 15 de mayo de 1998.

 

VISTO:

 

La necesidad de distribuir la reserva efectuada en el Fondo Universitario 1998 para atender la contraparte FOMEC del corriente ejercicio; y

 

CONSIDERANDO:

Lo informado por la Dirección General de Economía y Finanzas;

 

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del 6/5/98, lo aconsejado por su Comisión de Economía, Finanzas y Edificios;

 

POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Asignar a los Departamentos Académicos y a la Biblioteca Central los montos que a continuación se detallan con destino a la contraparte FOMEC, excluidas las becas, afectando la erogación a la reserva prevista en la distribución del Fondo Universitario 1998 (Fin.Fción. 3.4 - Prog.3 - C.C 77):

 

PROYECTOS

A CUBRIR SIN BECAS

153 - FISICA

23.033,15

156 - ELECTRICA

36.065,59

158 - MATEMATICA

27.839,82

159 - COMPUTACION

94.795,41

332 - BIOQUIMICA y 407 - BIOLOGIA

 

17.857,24

471 - ING.QUIMICA, 474 - QUIMICA y 753 - QUIMICA

 

117.053,20

472 - AGRONOMIA

33.005,32

475 - GEOLOGIA

36.099,85

476 y 751 - ECON. y CS. ADM

4.339,10

752 - HUMANIDADES

13.618,40

853 - BIB. CENTRAL

31.657,30

855 - GEOGRAFIA

1.308,00

TOTAL

436.672,38

 

 

ARTICULO 2º).- Incorporar al crédito correspondiente a las contrapartes FOMEC de la Fuente de Financiamiento 1.2. - Recursos Propios, los montos que se detallan a continuación. Los mismos completan las estimaciones de recaudación de la retención especial FOMEC a los becarios, teniendo en cuenta la incorporación primaria efectuada por Res.R-1031/97.

 

 

C.C.

DEPARTAMENTOS

 

 

510

 

153 - FISICA

 

-3.571,00

514

156 - ELECTRICA

7.260,00

511

158 - MATEMATICA

5.760,00

516

159 - COMPUTACION

-4.416,00

513

332 - BIOQUIMICA y 407 - BIOLOGIA

 

-6.559,80

503

471 - ING. QUIMICA, 474 - QUIMICA y 753 - QUIMICA

 

-13.144,00

501

472 - AGRONOMIA

6.960,00

506

473 - INGENIERIA

15.484,97

505

475 - GEOLOGIA

-4.856,00

500

476 y 751 - ECON. Y CS. AD.

2.760,00

507

853 - BIBL. CENTRAL

2.400,00

 

 

 

TOTAL:

 

8.078,17

 

 

ARTICULO 3º).- Afectar la erogación resultante de la contraparte de las becas FOMEC del corriente año no financiada con la retención especial, a la Función 3.5 - Ciencia y Técnica - Fuente de Financiamiento 1.1., en la suma de $ 140.952,83.- Este monto podrá incrementarse hasta la suma de $ 70.000 (pesos setenta mil) en concepto de reserva, para el caso de que los importes recaudados en concepto de la retención especial FOMEC no resultaran los previstos en su estimación en cada Proyecto. Si se cumplieran las pautas presupuestarias previstas y que se encuentran a consideración y aprobación, la reserva citada precedentemente será dispuesta nuevamente por la Secretaría de Ciencia y Tecnología para su distribución y afectación.

De tal forma, la afectación total desde el presupuesto de Ciencia y Técnica asciende a la suma de $ 210.952,83 (pesos doscientos diez mil novecientos cincuenta y dos con ochenta y tres centavos).

 

ARTICULO 4º).- En las futuras distribuciones de fondos de este ejercicio se tendrá en cuenta a los Departamentos Académicos menos beneficiados.

 

ARTICULO 5º).- Pase a la Secretaría General Técnica y a la Dirección General de Economía y Finanzas, Dirección de Programación y Control Presupuestario a sus efectos. Tomen razón los Departamentos Académicos y la Biblioteca Central. Cumplido, archívese.

 

LIC. RICARDO RAUL GUTIERREZ

RECTOR

DR. LEANDRO BENGOCHEA

SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO