ORGANOS COLEGIADOS SESIONES


Resolución CU-34/92.

Expediente AU164/91.


BAHIA BLANCA, 21 abril 1992.


VISTO:

La resolución AU-16/91, y


CONSIDERANDO:

Las razones que en dicha resolución se expresan;

Que se plantea el día de la citación como hito, para evitar que en el caso de imposibilidad de celebración de la reunión ordinaria de la Asamblea Universitaria, el Consejo Universitario y los Consejeros Departamentales no se vean imposibilitados de realizar la renovación de sus integrantes;

Lo establecido por el art. 34° del Estatuto de la UNS, con relación a la convocatoria a reunión ordinaria de la Asamblea Universitaria;

Que el Consejo Universitario en su reunión del 2/4/92 aprobó el dictamen de su Comisión de Interpretación y Reglamento;


POR ELLO,

El Consejo Universitario

RESUELVE:


ARTICULO 1°).- El Consejo Universitario y los Consejos Departamentales, realizarán sus correspondientes reuniones constitutivas dentro de los cinco días hábiles posteriores a la fecha de citación de la reunión ordinaria de la Asamblea Universitaria.

ARTICULO 2°).- Regístrese, comuníquese a la Asamblea Universitaria y a los Departamentos Académicos. Cumplido, archívese.



Ing. Qco. CARLOS E. MAYER

Rector

Ing. Agr. MIGUEL A. CANTAMUTTO

Sec. Gral. Consejo Universitario