SITUACION ECONOMICO-FINANCIERA MEDIDAS DE RACIONALIZACIÓN


Resolución CU-361/88.


BAHIA BLANCA, 2 diciembre 1988.


VISTO:

La situación financiera por la que atraviesa la Universidad Nacional del Sur y la presupuestaria en materia de gastos e inversiones, planteada en el informe elaborado por el Rectorado a solicitud del Consejo Universitario; y


CONSIDERANDO:

Que no ha sido sancionada la ley de presupuesto del corriente año;

Que no se han obtenido refuerzos suficientes que reemplacen los fondos que debería asignar la norma legislativa, por lo que la Universidad se maneja con el crédito de prórroga proveniente del año anterior, con el Fondo Universitario más un refuerzo acordado según Decreto 1242 del 12 de setiembre pasado;

Que no existe ninguna seguridad de que en lo que resta del año la Universidad pueda recibir un refuerzo presupuestario;

Que la misma debe adoptar medidas precautorias, tendientes a evitar exceder los créditos e incurrir en irregularidades y violaciones de la Ley de Contabilidad y normas complementarias;


POR ELLO,

El Consejo Universitario

RESUELVE:


ARTICULO 1°). Suspender los llamados a concurso de Profesores cuyas publicaciones no hayan sido dispuestas aún. Esta medida no afecta los llamados a concurso de cargos de Asistentes y Ayudantes ni los llamados a inscripción de cargos de Profesores.


ARTICULO 2°). Suspender el otorgamiento de órdenes de pasajes y viáticos en todo el ámbito de la Universidad.


ARTICULO 3°). Suspender toda tramitación de viajes docentes para integrar jurados de tesis y posponer la constitución de tribunales.


ARTICULO 4°). Suspender las compras directas.


ARTICULO 5°). Suspender los gastos imputados a Cajas Chicas a cuyo efecto no se reconocerán aquellos, que a partir de la fecha, se realicen por este concepto. Las ya rendidas e incluidas en libramientos, serán reintegradas a sus titulares una vez obtenidos los fondos.


ARTICULO 6°). Las medidas dispuestas en los artículos anteriores no afectan los trámites financiados con recursos distintos de los provenientes del Presupuesto General de la Administración y no imputables a este.


ARTICULO 7°). La Dirección de Economía y Finanzas determinará en cada caso de pago de factura de todo tipo, inclusive por servicios publicos e impuestos, efectuados fuera de término, la causa de esta circunstancia y la responsabilidad que pudiere incumbir a funcionarios de la U.N.S. En caso de que dicha responsabilidad recaiga sobre funcionarios y órganos ajenos a ella, se promoverán las acciones y denuncias administrativas y judiciales necesarias para resarcir a la U.N.S. de los perjuicios patrimoniales infringidos. Se elevará, en cada caso, un informe al Rectorado el que, junto con la resolución que dicte éste, será publicado en el Boletín Oficial de la U.N.S. Se tramitarán ante los prestatarios de servicios públicos exenciones o morigeraciones de los recargos por mora.


ARTICULO 8°). La presente resolución entrará en vigencia a partir del día 2 de diciembre y se publicará con carácter de urgente, en el Boletín Oficial de la U.N.S.


ARTICULO 9°). Regístrese, pase a las Secretarías General Académica y Técnica para su conocimiento; a la Dirección de Economía y Finanzas y Asesoría Letrada. Gírese a Prensa y Ceremonial para su amplia difusión. Tomen razón los Departamentos Académicos. Cumplido, archívese.



Ing. Qco. BRAULIO RAUL LAURENCENA

Rector

Lic. JOSE EMILIO ZAINA

Sec. Gral. Consejo Universitario