CARRERA DE ABOGACIA

Resolución CU-40/96

Expediente SGA1685/93 2do. cuerpo.

BAHIA BLANCA, 8 de marzo de 1996.

VISTO:

Los términos de la Res.AU17/95 de creación de la carrera de Abogacia en el ámbito de la Universidad Nacional del Sur;

CONSIDERANDO:

Que no existe Departamento Académico responsable de dicha carrera;

Que es necesario establecer qué órgano desempeñará las funciones del Consejo Departamental correspondiente;

Que el Consejo Universitario aprobó, en su reunión del 6/3/96, lo dictaminado por su Comision de Enseñanza;

POR ELLO,

EL CONSEJO UNIVERSITARIO

RESUELVE:

ARTICULO 1°). Establecer que el Consejo Universitario asumirá las funciones del Consejo Departamental en todo lo referido a la carrera de Abogacia.

ARTICULO 2°). Pase a la Secretaría General Académica para su conocimiento y demás efectos. Tomen razón los Departamentos de Ciencias de la Administración, Economía y Humanidades. Gírese a la Dirección General de Alumnos y Estudio. Cumplido; archivese.

LIC. RICARDO RAUL GUTIERREZ

RECTOR

LIC. GUILLERMO M. LUCANERA

SEC. GRAL. CONSEJO UNIVERSITARIO