CARRERA DE ABOGACIA
Resolución CU-40/96
Expediente SGA1685/93 2do. cuerpo.
BAHIA BLANCA, 8 de marzo de 1996.
VISTO:
Los términos de la Res.AU17/95 de creación de la carrera de Abogacia en el ámbito de la Universidad Nacional del Sur;
CONSIDERANDO:
Que no existe Departamento Académico responsable de dicha carrera;
Que es necesario establecer qué órgano desempeñará las funciones del Consejo Departamental correspondiente;
Que el Consejo Universitario aprobó, en su reunión del 6/3/96, lo dictaminado por su Comision de Enseñanza;
POR ELLO,
EL CONSEJO UNIVERSITARIO
RESUELVE:
ARTICULO 1°). Establecer que el Consejo Universitario asumirá las funciones del Consejo Departamental en todo lo referido a la carrera de Abogacia.
ARTICULO 2°). Pase a la Secretaría General Académica para su conocimiento y demás efectos. Tomen razón los Departamentos de Ciencias de la Administración, Economía y Humanidades. Gírese a la Dirección General de Alumnos y Estudio. Cumplido; archivese.
LIC. RICARDO RAUL GUTIERREZ
RECTOR
LIC. GUILLERMO M. LUCANERA
SEC. GRAL. CONSEJO UNIVERSITARIO