REGLAMENTO DE CREACION DE INSTITUTOS DEPENDIENTES DE LA U.N.S.
Resolución CU-413/89.
Expediente DE-826/87.
BAHIA BLANCA, 1 diciembre 1989.
VISTO:
Que el artículo 6° del Estatuto de la Universidad Nacional del Sur establece que: "Dependientes de uno o más Departamentos podrán constituirse centros o institutos donde se realicen tareas de investigación. El Consejo Universitario dictará la reglamentación respectiva."; y
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Consejo Universitario establecer la reglamentación respectiva;
Que se ha considerado conveniente, señalar pautas generales a fin de permitir a cada Departamento la elaboración de su propia reglamentación, que deberá ser aprobada por el Consejo Universitario;
Que el Consejo Universitario, en su reunión de fecha 9 de noviembre del corriente año aprobó lo dictaminado por su Comisión de Investigaciones Científicas, Institutos, Becas y Subsidios;
POR ELLO,
El Consejo Universitario
RESUELVE
ARTICULO 1°). Establecer el siguiente marco reglamentario para la creación de Institutos dependientes de la Universidad Nacional del Sur, que corre como Anexo de la presente resolucion.
ARTICULO 2°;. Regístrese, pase a conocimiento de la Secretaria General de Ciencia y Tecnología y a la Dirección del Boletin Oficial. Tomen razon los Departamentos Academicos. Cumplido, archivese.
Ing. Qco. BRAULIO RAUL LAURENCENA
Rector
Lic. JOSE EMILIO ZAINA
Sec. Gral. Consejo Universitario