REGLAMENTO DE CREACION DE INSTITUTOS DEPENDIENTES DE LA U.N.S.


Resolución CU-413/89.

Expediente DE-826/87.


BAHIA BLANCA, 1 diciembre 1989.


VISTO:

Que el artículo 6° del Estatuto de la Universidad Nacional del Sur establece que: "Dependientes de uno o más Departamentos podrán constituirse centros o institutos donde se realicen tareas de investigación. El Consejo Universitario dictará la reglamentación respectiva."; y


CONSIDERANDO:

Que corresponde al Consejo Universitario establecer la reglamentación respectiva;

Que se ha considerado conveniente, señalar pautas generales a fin de permitir a cada Departamento la elaboración de su propia reglamentación, que deberá ser aprobada por el Consejo Universitario;

Que el Consejo Universitario, en su reunión de fecha 9 de noviembre del corriente año aprobó lo dictaminado por su Comisión de Investigaciones Científicas, Institutos, Becas y Subsidios;


POR ELLO,

El Consejo Universitario

RESUELVE


ARTICULO 1°). Establecer el siguiente marco reglamentario para la creación de Institutos dependientes de la Universidad Nacional del Sur, que corre como Anexo de la presente resolucion.


ARTICULO 2°;. Regístrese, pase a conocimiento de la Secretaria General de Ciencia y Tecnología y a la Dirección del Boletin Oficial. Tomen razon los Departamentos Academicos. Cumplido, archivese.



Ing. Qco. BRAULIO RAUL LAURENCENA

Rector

Lic. JOSE EMILIO ZAINA

Sec. Gral. Consejo Universitario