PLANTA Y DESIGNACION DE DOCENTES

Resolucion CU421/95.

Expediente CU1536/95.

BAHIA BLANCA, 9 de noviembre de 1995.

VISTO:

La Resol. CU544/94 y modificatorias, por la que se establecieron medidas restrictivas sobre los gastos en personal docente; y

CONSIDERANDO:

Que, teniendo en cuenta lo gastado en inciso de Personal hasta el mes de setiembre inclusive, y las proyecciones hasta fin de año, se han logrado los objetivos propuestos sobre contencion del gasto;

Que, de acuerdo con las previsiones para el Presupuesto 1996, es factible fijar una planta docente provisoria mínima, equivalente a la efectivamente pagada en el mes de setiembre de 1995, mas los cargos en trámite de cobertura autorizados por este Consejo y los cargos con licencia sin goce de haberes;

Que es conveniente aprobar esta planta por Departamento, de modo tal que estos recobren la disponibilidad de los cargos y sus atribuciones estatutarias en cuanto a llamados a concursos y designaciones;

Que el Consejo Universitario aprobó, en su reunion del 8/11/95, lo aconsejado por su Comision de Enseñanza;

POR ELLO,

EL CONSEJO UNIVERSITARIO

RESUELVE:

ARTICULO 1°).- Fijar como planta provisoria docente de cada Departamento la nómina de cargos que figura en el Anexo I de la presente resolución, consistente en los efectivamente pagados en el mes de setiembre más los que se encuentren en trámite de cobertura o con licencia sin goce de haberes.

ARTICULO 2°). Los Departamentos podrán cubrir o reestructurar las vacantes que se produzcan en la planta provisoria, de acuerdo con la reglamentación vigente, sin necesidad de autorizacion del Consejo Universitario. En caso de reestructuraciones se utilizará el costo anual de los cargos establecidos en el Anexo II de la presente resolución, que incluye para cada cargo una antigüedad promedio.

ARTICULO 3°).- De acuerdo con la disponibilidad presupuestaria, el Consejo Universitario asignara a los Departamentos, sobre la base de criterios a fijar, creditos con destino a cargos docentes que se agregarán a la planta departamental aprobada por esta resolución.

ARTICULO 4°).- A los fines del cumplimiento de lo prescripto en el art. 2° de la Resol. CU269/95, las designaciones directas deberán ser autorizadas por la Secretaría General Académica.

ARTICULO 5°).- Derogar el artículo 2° de la Resol. CU544/94 y la Resol. CU111/95.

ARTICULO 6°). Pase a la Secretaría General Académica, a las Direcciones Generales de Personal y de Economía y Finanzas. Tomen razón los Departamentos Académicos. Cumplido; archivese.

LIC. RICARDO RAUL GUTIERREZ

RECTOR

LIC. GUILLERMO M. LUCANERA

SEC. GRAL. CONSEJO UNIVERSITARIO