REGIMEN DE CREACION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES CURRICULARES


Resolución CU-461/89.

Expediente CU-826/89.


BAHIA BLANCA, 29 diciembre 1989.


VISTO:

La Resolución R375/84, que transcribe el texto ordenado de las resolucione R-409/70 y CSP-077/84 (Reglamento de la Comisión de Carreras y Comisiones Curriculares); y


CONSIDERANDO:

Que los objetivos perseguidos con las normas citadas no han sido logrados en la medida deseada;

Que la constitución de Comisiones Curriculares se enmarca dentro de la estructura Departamental de esta Universidad;

Que dichas comisiones tendrán como objetivo fundamental asesorar a los Consejos Departamentales correspondientes;

Que el Consejo Universitario, en su reunión de fecha 7 de diciembre del corriente año, aprobó lo dictaminado por su Comisión de Enseñanza;


POR ELLO,

El Consejo Universitario

RESUELVE


ARTICULO 1°). Aprobar el REGIMEN DE CREACION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES CURRICULARES que corre como Anexo I y II de la presente Resolucion.


ARTICULO 2°).- Dejar sin efecto las resoluciones R-409/70, CSP-077/84 y R-375/84.


ARTICULO 3°).- Disponer que cada Departamento Académico ponga en práctica el régimen, aprobado por la presente resolución antes del 30 de abril de 1990.


ARTICULO 4°).- Regístrese, pase a conocimiento de la Secretaría General Académica; a la Dirección del Boletín Oficial. Tomen razón los Departamentos Académicos. Cumplido, archívese.



Ing. Qco. BRAULIO RAUL LAURENCENA

Rector

Lic. JOSE EMILIO ZAINA

Sec. Gral. Universitario



ANEXO I (Resol. CU451/89)

TITULO I: DEL DEPARTAMENTO RESPONSABLE.


ARTICULO 1°).- Designase Departamento Responsable de una carrera al Departamento Academico que tiene a su cargo la supervision directa de su desarrollo.

ARTICULO 2°). El Departamento responsable de cada una de las carreras que se dictan actualmente será el indicado en la nómina que compone el Anexo II: de la presente Resolución.


TITULO I I . DE LA CREACION Y CONSTITUCION DE LAS COMISIONES CURRICULARES.


ARTICULO 3°). Cada Departamento Responsable constituirá una Comisión Curricular por cada una de las carreras de preparado que tenga a su cargo, conforme al Anexo II.

ARTICULO 4°). Cada Comisión Curricular estará compuesta por seis (6) miembros como minimo, a saber:

a) Dos (2) Profesores, uno de los cuales actuará como Coordinador de la Comisión y la representará en todos sus actos. Deberán poseer el titulo que otorga la carrera y tener a su cargo alguna materia especifica de la misma.

b) Dos (2) Asistentes que desempeñen labores docentes en alguna materia específica de la carrera.

c) Dos (2) alumnos regulares inscriptos en la carrera, que tengan como mínimo el sesenta por ciento (60%) de las materias de la misma aprobadas.

ARTICULO 5°). Cada Consejo Departamental establecerá la forma de seleccionar a los miembros de las Comisiones Curriculares que deberá constituir.

ARTICULO 6°). Al constituirse una Comisión Curricular se designarán tres (3) miembros suplentes, uno por los Profesores, uno por los Asistentes y Ayudantes y uno por los alumnos, que reemplazarán a los respectivos titulares en caso de ausencia temporaria o definitiva.

ARTICULO 7°). Los integrantes Profesores y Asistentes de una Comisión Curricular durarán dos (2) años en sus funciones. Podrán ser designados por otro periodo y serán renovados anualmente por mitades. Los integrantes alumnos durarán un (1) año y podrán ser redesignados. En la constitución de la primera Comisión se procederá al sorteo de los integrantes que durarán solo un (1) año en sus funciones. Cesará automáticamente el miembro que dejare de 7 cumplir con alguno de los requisitos que fueron condicionantes para su designación.

ARTICULO 8°). Como representantes de aquellas disciplinas que no tengan miembros titulares en las Comisiones Curriculares, podrán designarse miembros "consultores", los que tendrán el compromiso de concurrir a las reuniones toda vez que sean citados para ello. Los miembros Consultores serán elegidos por los Departamentos a los que corresponde la disciplina, a solicitud del Departamento responsable de la carrera.


TITULO III: DE LA MISION Y ATRIBUCIONES DE LAS COMISIONES CURRICULARES.


ARTICULO 9°). Son funciones y atribuciones de las Comisiones Curriculares:

a) Evaluar continuamente la marcha del plan de estudios, sobre la que informaran periódicamente al Consejo Departamental responsable.

b) Analizar todo lo relativo a correlatividades, horarios, planes preferenciales, planes de estudio y programas, poniendo en conocimiento del Departamento responsable los defectos detectados. En todos los casos las Comisiones Curriculares podran proponer soluciones, a fin de que el Consejo Departamental responsable las evalúe y resuelve en consecuencia.

c) Canalizar las inquietudes que se formulen a sus miembros relativas al desenvolvimiento de las respectivas carreras.

d) Sugerir al Departamento responsable metodos de seguimiento y análisis para el cumplimiento de sus fines.

e) Promover reuniones plenarias o parciales de las distintas Comisiones Curriculares o de sus coordinadores.

f) Organizar comisiones de trabajo con la participación de miembros de la comunidad universitaria y/o ajenos a ella.

g) Solicitar información, en relación a sus funciones, a los organismos académicos, administrativos y el gobierno de la Universidad.


TITULO IV: DEL FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES CURRICULARES.


ARTICULO 10°). Cada Comisión Curricular definirá su reglamento de funcionamiento interno, el que será sometido a la aprobación del Consejo Departamental responsable.

ARTICULO 11°). Cada Departamento prestara el apoyo administrativo necesario para el normal desenvolvimiento de las Comisiones Curriculares constituidas en su ambito, en la medida de sus posibilidades.



ANEXO II (Resol.CU461/89)

NOMINA DE CARRERAS Y DEPARTAMENTO RESPONSABLE QUE SE ASIGNA A CADA UNA


CARRERA DEPARTAMENTO

Agrimensura Ingeniería

Contador Publico Cs. de la Administración

Ing. Agronómica Agronomía

lng. Civil Ingenieria

Ing. Electricista Ing. Eléctrica

Ing. Electrónica Ing. Eléctrica

Ing. Industrial Ingeniería

Ing. Química Química e Ing. Química

Bioquimica Biologia

Lic. en Cs. Geológicas Geología

Lic. en Cs. Biológicas Biología

Lic. en Economía Economía

Lic. en Química Química e Ing. Química

Lic. en Matemática Matemática

Lic. en Cs. de la Computación Matemática

Lic. en Filosofía Humanidades

Lic. en Geografía Geografía

Lic. en Historia Humanidades

Lic. en Letras Humanidades

Lic. en Física Física

Profesorado en Filosofía Humanidades

Prof. en Historia Humanidades

Prof. en Letras Humanidades

Prof. en Geografía Geografía