PERSONAL

BENEFICIARIOS VALES DE ALMUERZO

 

Resolución CSU-511/05

Expediente 35/05

 

BAHIA BLANCA, 1 de julio de 2005.

 

            VISTO:

            La necesidad de adoptar una decisión con respecto a los vales de almuerzo no retirados por sus beneficiarios; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que las fechas y el mecanismo de entrega de estos vales son ampliamente difundidos mensualmente;

            Que la falta de retiro de los mismos luego de un tiempo prudencial, implica un desistimiento de hecho del beneficio;

            Que los vales de almuerzo que los empleadores entregan a su personal no son considerados salario (fallo plenario dictado en la causa Angel Estrada, por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo);

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó en su sesión del 15 de junio de 2005, lo aconsejado  por su Comisión de Economía, Finanzas y Edificios;

 

            POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Efectuar una notificación, por única vez, a los beneficiarios de vales de almuerzo no retirados, sobre la vigencia de este beneficio social, la modalidad de entrega y la existencia de vales a su nombre no retirados.

 

ARTICULO 2º).- Los vales no retirados luego de diez días de notificado lo anterior, cuya fecha de expedición supere además los tres meses, serán entregados a la empresa adjudicataria en concepto de pago de futuras compras de vales.

 

ARTICULO 3º).- A partir de la fecha, los vales no retirados cuya fecha de expedición supere los tres meses, serán entregados a la empresa adjudicataria en concepto de paga de futuras compras de vales.

 

ARTICULO 4º).- Mensualmente, un importe equivalente a los vales canjeados según lo dispuesto en los artículos 2 y 3, será entregado en concepto de subsidio al Servicio de Obra Social.

 

ARTICULO 5º).- Pase a la Secretaría General Técnica y a la Dirección General de Economía y Finanzas a todos sus efectos. Gírese a la Tesorería de la UNS. Tome razón el Servicio de Obra Social. Cumplido, archívese.

 

MG. JORGE RAUL ARDENGHI

VICERRECTOR

LIC. SANDRA BAIONI

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO