MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD UNIVERSITARIA - SEGUNDO PROCESO - EVALUACION INTERNA U.N.S.

 

Resolución CSU-514/99.

Expediente CSU-1373/99

 

BAHIA BLANCA, 24 de agosto 1999.

 

VISTO:

La Ley de Educación Superior, que en su Título IV, Capítulo 3, Artículo 44º expresa que las instituciones universitarias deberán asegurar el funcionamiento de las instancias internas de evaluación institucional, y que las autoevaluaciones se complementarán con evaluaciones externas que se harán como mínimo cada seis años;

 

El informe "Evaluación y Propuestas de Desarrollo de la Universidad Nacional del Sur" aprobado por Res.CU-292/94, en la que se presentan los resultados de la autoevaluación iniciada en agosto de 1993, dando cumplimiento al convenio entre la UNS y el Ministerio de Cultura y Educación de la Nación para el mejoramiento de la calidad universitaria;

 

El informe "Evaluación Externa de la Universidad Nacional del Sur" surgido del primer proceso de evaluación institucional de la UNS; y

 

CONSIDERANDO:

Que para asegurar el cumplimiento del plazo establecido por la Ley de Educación Superior es conveniente iniciar el segundo proceso de evaluación interna de la UNS;

 

Que una nueva evaluación interna permitiría analizar los beneficios surgidos de la anterior y, aprovechando la experiencia adquirida, elaborar diagnósticos más ajustados y planes destinados a mejorar el funcionamiento de la Universidad en todos sus ámbitos;

 

Que el Consejo Superior Universitario en su reunión del 18 de agosto de 1999, aprobó el proyecto elaborado en su Comisión de Planeamiento;

 

POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Iniciar el segundo proceso de Evaluación Interna de la Universidad Nacional del Sur.

 

ARTICULO 2º).- Conformar una Comisión Ejecutiva para realizar la Segunda Evaluación Interna de la UNS, integrada por un representante de cada Departamento y por los miembros de la Comisión de Planeamiento del Consejo Superior Universitario.

 

ARTICULO 3º).- Asignar al Sr. Secretario General de Relaciones Institucionales y Extensión Universitaria la función de coordinación de la Segunda Evaluación Interna de la UNS.

 

ARTICULO 4º).- Pase a la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Extensión Universitaria para su conocimiento y demás efectos. Tomen razón la Dirección General de Personal y la Secretaría General Académica.

 

LIC. RICARDO RAUL GUTIERREZ

RECTOR

DR. LEANDRO BENGOCHEA

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO