CERTIFICACION DE DIPLOMA
Resolución CSU-540/97
Expediente DGAyE-1745/97.
BAHIA BLANCA, 7 de octubre de 1997.
VISTO:
La resolución del Ministerio de Cultura y Educación de la Nación Nº1669 que en su art. 3º impone la necesidad de que las Instituciones Universitarias deben expedir sus títulos debidamente legalizadas; y
CONSIDERANDO:
Que este trámite de legalización es necesario para poder ejercer la profesión en algunos casos;
Que por lo tanto muchos egresados realizan este trámite en forma personal;
Que para poder atender este servicio se requiere erogación en pasajes y viáticos;
Que el Consejo Superior Universitario, en su reunión de fecha 1/10/97, aprobó lo dictaminado por su Comisión de Economía, Finanzas y Edificios;
POR ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º).- Fijar un sellado a la gestión de certificación de diploma por un valor de cinco (5) módulos.
ARTICULO 2º).- Pase a las Secretarías Generales Académica y Técnica. Tomen razón las Direcciones Generales de Alumnos y Estudio y de Economía y Finanzas. Publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese.
LIC. RICARDO RAUL GUTIERREZ
RECTOR
DR. LEANDRO BENGOCHEA
SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO