ARANCELES - DCION. GRAL. ALUMNOS Y ESTUDIO (modif. CU-439/93)

 

Resolución CSU-685/97.

Expediente R-1502/92.

 

BAHIA BLANCA, 3 de diciembre de 1997.

 

VISTO:

La Res.CU-439/93 por la cual se regulan los aranceles por la prestación de servicios, venta de publicaciones, derechos y suministros varios; y

 

CONSIDERANDO:

Que en el Anexo I de dicha resolución se incluyen módulos por tasas y aranceles correspondientes a la Dirección General de Alumnos y Estudio por certificados a alumnos;

Que en la actualidad los procesos informáticos permiten agilizar la extensión de estos certificados con un costo menor;

 

Que los aranceles fijados en la resolución mencionada resultan elevados, teniendo en cuenta el bajo costo en papel y procesamiento que demanda la extensión de los certificados;

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del 26/11/97, lo aconsejado por su Comisión de Economía, Finanzas y Edificios;

 

POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Modificar el Anexo I de la Resolución CU-439/93 en el apartado "Secretaría General Académica: Dirección Gral. de Alumnos y Estudio" en los siguientes términos:

 

  1. Certificado de alumno regular 0,5 módulo

 

  • Fotocopia simple de ficha de alumno: 0,1 mód.
  •  

     

  • Certificado analítico de materias: 1,0 módulo
  •  

    El certificado analítico de materias podrá incluir los siguientes conceptos a pedido del alumno sin costo adicional:

     

    • Certificación de materias con indicación de notas y fechas
  • Certificación del sistema de calificaciones vigentes en la UNS.
  • Certificación del registro de sanciones disciplinarias.
  • Certificación donde conste la aprobación de más del 25% de la carrera, adeudando más de cuatro materias para graduarse.
  • Certificación de inscripción para cursado de materias.
  • Certificación de documentación archivada.
  • Certificación de promedio con aplazos y sin ellos.
  • Certificación de aprobación de materias que no pertenecen al plan de estudios.
  • Certificación donde conste que el número de aplazos es inferior al 15% del total de asignaturas del plan de la carrera.
  • Certificación de la condición de alumno y de tener diploma en trámite
  •  

    1. Certificado con los siguientes conceptos: 2 módulos
    • Certificación de la condición de graduado con detalle de materias, notas y fecha.
  • Certificación de la condición de graduado, con detalle del plan de estudios de la carrera.
  • Certificación de la fecha de egreso.
  • Certificación de haber sido alumno de la Universidad, con detalle de las materias cursadas, aprobadas y desaprobadas, con indicación de notas y fecha.
  •  

    1. Provisión del original de la credencial universitaria: 2 módulos

     

    1. Provisión del duplicado y triplicado de la credencial universitaria: 3 módulos

     

    ARTICULO 2º).- Pase a la Secretaría General Académica para su conocimiento y comunicación a los Departamentos Académicos. Tome razón la Dirección General de Alumnos y Estudio. Cumplido, archívese.

     

    LIC. RICARDO RAUL GUTIERREZ

    RECTOR

    DR. LEANDRO BENGOCHEA

    SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO