SISTEMA AUTOMATICO DE PERMISO DE EXAMEN (SAPE)

Resolución CSU-959/00

Expte.R-866/67; 2°Cuerpo.

BAHIA BLANCA, 27 de diciembre de 2000.

VISTO:

El proyecto de Sistema Automático de Permiso de Examen presentado por la Dirección General de Alumnos y Estudio; y

CONSIDERANDO:

Que el sistema actual de declaración jurada como requisito para rendir examen final ha producido inconvenientes en algunos casos, debido al desconocimiento por parte del alumno, en particular los ingresantes, de las correlativas establecidas por el plan de estudio;

Que el sistema informático de la Dirección General de Alumnos y Estudio permite la implementación de un sistema capaz de verificar si el alumno se encuentra en condiciones de rendir examen y emitir el permiso correspondiente por puestos de consulta similares a los ya instalados;

Que el Consejo Superior Universitario, en su reunión de fecha 20 de Diciembre de 2000, aprobó lo aconsejado por su Comisión de Enseñanza;

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

ARTICULO 1°: Aprobar el Sistema Automático de Permiso de Examen (SAPE) que corre como Anexo de la presente resolución.

ARTICULO 2°: La Dirección General de Alumnos y Estudio confeccionará y distribuirá a los Departamentos Académicos y Centros de Estudiantes un instructivo para la utilización del SAPE.

ARTICULO 3°: Pase a la Secretaría General Académica y a la Dirección General de Alumnos y Estudio. Cumplido, archívese.

DR. LUIS MARIA FERNANDEZ

RECTOR

DR. LEANDRO BENGOCHEA

SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

ANEXO

(Res.CSU-959/00)

 

SISTEMA AUTOMATICO DE PERMISO DE EXAMEN

  1. El permiso de examen es el instrumento que habilita para rendir el examen final de una asignatura. En ningún caso la cátedra podrá tomar examen sin la presentación del permiso correspondiente.
  2. El permiso será retirado por el alumno de los puestos de autoconsulta instalados en los edificios de la Universidad y tendrá una validez de diez (10) días corridos. Si los puestos no pueden emitir el permiso, éste podrá solicitarse en la Dirección General de Alumnos y Estudio (DGAE) en el horario de atención habitual.
  3. El permiso constará de un cuerpo central que el profesor remitirá a la Dirección del Departamento luego del examen, y un talón comprobante para el alumno. En ambos se consignarán los datos del alumno, la asignatura, el carácter del examen y el resultado del mismo.
  4. En el momento de solicitar el permiso, el alumno elegirá entre:

Luego elegirá entre:

Finalmente ingresará su número de registro, carrera y asignatura a rendir.

  1. a) Si de acuerdo con los registros de la DGAE el alumno se encuentra en condiciones de rendir, el puesto emitirá un permiso como el del Modelo 1 adjunto.
  2. b) En caso contrario emitirá un permiso como el del Modelo 2 adjunto, donde se detallarán los trabajos prácticos o exámenes finales adeudados que impiden emitir una autorización completa. Si el alumno considera que está habilitado para presentarse a examen, consignará –con carácter de declaración jurada- los datos aún no registrados por la DGAE (cuatrimestre y año de cursado; fecha de aprobación de exámenes finales. Dentro de los siete (7) días hábiles posteriores al examen, el alumno deberá presentarse en la DGAE a fin de gestionar la inclusión de los registros faltantes.

  3. El puesto no emitirá permiso alguno en los siguientes casos:
  4. a) No ser alumno regular

    b) Haber aprobado la asignatura ingresada

    c) Registrar sanción que impida rendir examen (p.ej., no haber votado)

    d) Si el examen es regular, haber perdido el cursado por rendir tres veces mal.

    e) Si el examen es regular, tener calificado el cursado como desaprobado o ausente.

    f) No cumplir con lo previsto en la Res.CU-855/00, si el examen es libre.

    g) No haber transcurrido por lo menos catorce (14) días desde el examen anterior en la misma asignatura.

  5. Las Sanciones por falseamiento del permiso con carácter de declaración jurada serán las establecidas por el art. 6° de la Res.CU-416/89.
  6. Quedan exceptuados del SAPE los alumnos que cursan carreras en el Programa de Estudios Universitarios en la Zona (PEUZO).

 

 

 

MODELO 1

PERMISO DE EXAMEN

REGISTRO:

D.N.I./L.E./L.C. N°

APELLIDO Y NOMBRE:

CARRERA:

ASIGNATURA:

CARÁCTER DEL EXAMEN:

FECHA

CALIFICACIÓN

FIRMA DEL PROFESOR

 

 

 

 

"SE ENCUENTRA EN CONDICIONES DE RENDIR"

D.G.A.E.

PERMISO VÁLIDO POR 10 (DIEZ) DÍAS CORRIDOS A PARTIR DE LA FECHA DE EXPEDICIÓN

Fecha de expedición: día/mes/año

..........................................................................................................................................................

 

COMPROBANTE PARA EL ALUMNO

REGISTRO:

D.N.I./L.E./L.C. N°

APELLIDO Y NOMBRE:

CARRERA:

ASIGNATURA:

CARÁCTER DEL EXAMEN:

FECHA

CALIFICACIÓN

FIRMA DEL PROFESOR

 

 

 

 

MODELO 2

PERMISO DE EXAMEN

DECLARACIÓN JURADA A CARGO DEL ALUMNO, CON CONOCIMIENTO DE LAS SANCIONES QUE PUEDEN CORRESPONDER EN CASO DE FALSEAMIENTO

REGISTRO:

D.N.I./L.E./L.C. N°

APELLIDO Y NOMBRE:

CARRERA:

ASIGNATURA:

CARÁCTER DEL EXAMEN:

A la fecha no se registra el resultado del correspondiente trabajo práctico.

Año de cursado:

Cuatrimestre de cursado:

Firma del alumno

 

A la fecha no se registran los siguientes exámenes finales aprobados:

Asignatura:

Fecha:

Asignatura:

Fecha:

Asignatura:

Fecha:

Firma del alumno

 

FECHA

CALIFICACIÓN

FIRMA DEL PROFESOR

 

 

 

PERMISO VÁLIDO POR 10 (DIEZ) DÍAS CORRIDOS A PARTIR DE LA FECHA DE EXPEDICIÓN

Fecha de expedición: día/mes/año

..........................................................................................................................................................

COMPROBANTE PARA EL ALUMNO

REGISTRO:

D.N.I./L.E./L.C. N°

APELLIDO Y NOMBRE:

CARRERA:

ASIGNATURA:

CARÁCTER DEL EXAMEN:

FECHA

CALIFICACIÓN

FIRMA DEL PROFESOR

 

 

 

ATENCIÓN: Debe presentarse en la Dirección Gral. de Alumnos y Estudio – Dirección Registro y Contralor de 7.30 a 13.00 hs. dentro de los 7 (siete) días hábiles posteriores al examen a fin de gestionar la inclusión de los datos faltantes.

 

DR. LUIS MARIA FERNANDEZ

RECTOR

DR. LEANDRO BENGOCHEA

SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO