REGLAMENTO PARA ADJUDICACION DE VIVIENDAS DEL BARRIO UNIVERSITARIO - MODIFICACION


Resolucion CU98/96.

Expediente IM1065/76; 4to. cuerpo.


BAHIA BLANCA, 28 de marzo de 1996.


VISTO:

Que la reglamentacion para la adjudicacion de viviendas del Barrio Universitario no contempla la posibilidad de alojar alumnos de posgrado que no se encuentren comprendidos en el régimen de subsidios vigente; y


CONSIDERANDO:

Que la importancia de los estudios de posgrado en nuestra Universidad hace necesario que el Consejo Universitario apoye con todos los medios a su alcance la realización de los mismos;

Que este Consejo en su reunion del 27/3/96, aprobó lo aconsejado por su Comision de Economia, Finanzas y Edificios;


POR ELLO,

EL CONSEJO UNIVERSITARIO

RESUELVE:


ARTICULO 1°). Incorporar como inciso e) del articulo 1° de la Reglamentacion para la adjudicacion de Viviendas del Barrio Universitario el siguiente texto:

"Brindar alojamiento a alumnos de posgrado de la Univeridad no comprendidos en el inc. a) por un plazo de un año. El canon por el uso de la vivienda será fijado por el Rectorado".

ARTICULO 2°). Modificar el art. 24 inc. a) de la Reglamentacion para la Adjudicacion de Viviendas del Barrio Universitario, quedando su texto redactado del siguiente modo:

"Las adjudicaciones con los fines previstos en los incisos a), c), d) y e) del articulo 1° seran atribucion del Consejo Universitario, a propuesta de la Secretaria de Asuntos Estudiantiles en el primer caso y del Departamento academico respectivo en los restantes."

ARTICULO 3°). Pase a Secretaria General Técnica para su conocimiento y demas efectos. Tome razon la Secretaria de Asuntos Estudiantiles. Cumplido, archivese.



LIC. RICARDO RAUL GUTIERREZ

RECTOR

LIC. GUILLERMO M. LUCANERA

SEC. GRAL. CONSEJO UNIVERSITARIO