Resolución R411/79

Rectorado.


Bahia Blanca, 8 junio 1979


VISTO:

Que alumnos de las distintas carreras de esta Universidad han manifestado reiteradamente su interés en cursar materias no curriculares del plan en el que figuran inscriptos, y


CONSIDERANDO:

Que es conveniente posibiiitar a los alumnos la compiementación de sus estudios de acuerdo con sus orientaciones especlficas o según sus inquietudes culturales;


POR ELLO,

En uso de las atribuciones que le confiere la Ley Universitaria N° 20654/74 y su modificatoria N° 21276/76, en su articulo 3° .


El Rector de la Universidad Nacional del Sur

RESUELVE:


ARTICULO 1°). Los alumnos regulares de esta Universidad podrán cursar materias no curriculares del plan en el que figuran inscriptos, siempre que se ajusten a las normas generales con respecto a inscripción, cursado y aprobación de asignaturas y a las disposiciones particulares de la presente resolución.

ARTICULO 2°). La Dirección del Departamento que dicta la asignatura elegida por los alumnos para ser cursada fuera de sus respectivos planes de estudios podrá limitar la inscripción de los mismos cuando asl lo considere conveniente para el normal desenvolvimiento del dictado de la materia para los alumnos regulares de la carrera.

ARTICULO 3°). Corresponderá asimismo al Departamento que dicta la asignatura establecer las correlatividades necesarias cuando se trate de asignaturas que tengan correlatividades diferentes según los planes a que pertenezcan o autorizar las excepciones al régimen de correlatividades cuando asi lo estime oportuno, con la saivedad de que las asignaturas aprobadas bajo este régimen de excepción no tendrán equivalencia alguna con las materias curricuiares de ios respectivos pianes

ARTlCULO 4°). Las materias cursadas y/o aprobadas de acuerdo con la autorización del artículo 1°) no se incorporarán al plan de estudios en el que el alumno estuviere inscripto. El Departamento de Alumnos y Estudio expedirá la respectiva constancia del cursado y/o aprobación según corresponda, separadamente de la certificación que se extienda con respecto al plan de estudios cumplido por el alumno.

ARTlCULO 5°) Regístrese, caratúlese por Mesa Generai de Entradas, pase al Departamento de Alumnos y Estudios para su conocimiento y fines pertinentes. Cumplido, archívese.



Lic. RICARDO E. BARA

Rector

Cr. ROBERTO F. MENGHINI

Secretario General Tecnico

A/C Sec. Gral. Academica