PERSONAL NO DOCENTE

REENCASILLAMIENTO

 

Resolución R-826/06

 

BAHIA BLANCA, 28 de agosto de 2006.

 

            VISTO:

            El acta de la Comisión Paritaria de Nivel Particular para el Personal No Docente de fecha 16 de agosto de 2006; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que se ha homologado el Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias;

 

            Que en la Comisión  Paritaria de Nivel General para el personal no docente se acordó para la implementación del reencasillamiento un procedimiento homogéneo para todas las Universidades Nacionales, que prevé la creación de un área de reencasillamiento a nivel Universidad y Comisiones a nivel agrupamientos;

            Que respecto de dichas áreas, se sugieren que estén integradas por personal no docente de planta permanente y otros representantes que designe la Institución Universitaria, a fin de facilitar los consensos acerca del futuro reencasillamiento;

 

            Que además se acordó a nivel general la conveniencia de que ninguna persona integre más de una de las etapas del proceso de reencasillamiento;

 

            Que también el procedimiento debe contemplar una serie de lineamientos acordadas en el seno de la Comisión Paritaria de Nivel General, que fueron presentadas a los representantes de las Universidades y a los representantes gremiales de base, en la reunión realizada en el CIN el dia 10 de mayo de 2006;

 

            Que se realizó el llenado de los formularios, paso inicial de todo el proceso de adecuación escalafonaria que determina la aplicación del Convenio Colectivo de Trabajo;

 

            POR ELLO,

 

EL RECTOR DE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Crear la Comisión Central de Reencasillamiento de la Universidad Nacional del Sur, que estará integrada de la siguiente forma:

 

Integrantes

Agrupamiento

Sandra DUVAL (LP 7279)

Administ.- ACentral

Claudia LEGNINI (LP 6659)

Administ.- ACentral

Elena BRIZUELA (LP 6887)

Administ.- D. Acad.

Miguel ADURIZ (LP 4977)

Administ. -D. Acad.

Lilia TORDINI (LP 3135)

Administ. - CEMS

Alicia MARTORANA (LP 3169)

Administ. - CEMS

Jorge ROLANDO (LP 4455)

Asistencial

Marta ROQUE (LP 4929)

Asistencial

Victor MANINO (LP 4191)

Técnico -Inform. y Red

Javier OROZCO (LP 5756)

Técnico -Inform. y Red

Rodolfo GARCIA (LP 4859)

Técnico-Bibliotecarios

María Del C VAQUERO (LP 4589

Técnico -Bibliotecarios

Pablo ABALOS (LP 6573)

Técn. - Tall. y Laborat.

Alberto BANDONI (LP 6018)

Tecn..- Tall. y Laborat

Moisés A. RONZIS (LP 9501)

Técn - Construcciones

Carlos ROSSIT (LP 4995)

Técn.- Construcciones

Pablo LLAMAS (LP 6651)

Mant. Y Prod. S.Grales

Andrés REPETTO (LP 7494)

Mant. Y Prod. S.Grales

 

ARTICULO 2º).- Crear las Comisiones de Pre - reencasillamiento por Agrupamientos que estarán integradas de la siguiente forma:

 

a)     Comisión de Pre-reencasillamiento Agrupamiento Administrativo - Administración Central

 

TITULARES

SUPLENTES

Gabriela LANDALUCE (LP 5287)

Sebastián ANDREATA (LP 8536)

Noberto RICHE (LP 4407)

Adriana IUS (LP 8298)

Patricia BLASCO (LP 5354)

 

Osvaldo AGAMENNONI (LP 4768)

 

Jorge ARDENGHI (LP 3767)

 

Néstor MAZZELLO (LP 1917)

 

 

b)    Agrupamiento Administrativo - Departamentos Académicos

 

TITULARES

SUPLENTES

María E. BRESSAN (LP 7785)

Cecilia BERMÚDEZ (LP 8429)

Miguel LAMANDIA (LP 8016)

Perla G. DE VALLE (LP 6505)

Diana LOCKHART (LP 6352)

Eduardo GARRIZ (LP 6765)

Andrea BARBERO (LP 6634)

 

Miriam POLJAK (LP 3359)

 

Elena TORRE (LP 8017)

 

Alejandro DAVIS (LP 7546)

María F. GESUALDI (LP 7770)

Graciela SÁNCHEZ (LP 6504)

María S. CAMET (LP 5796)

Víctor LOYOLA (LP 7804)

 

Graciela CORBATA (LP 3472)

 

Graciela PEZZUTTI (LP 5169)

 

Manuel GOMBA (LP 1895)

 

 

 

d)     Comisión de Pre. Reencasillamiento Agrupamiento Asistencial

 

TITULARES

SUPLENTES

Miguel A. RAMÍREZ  (LP 4628)

Marta ZARATE (LP 5803)

Ana María SOLER  (LP 1794)

 

Mirta IRIGOIN (LP 6772)

 

Juan Carlos RUGGIERO (LP 3314)

 

Mabel CERNADAS (LP 2683)

 

 

e)     Comisión de Pre-reencasillamiento Agrupamiento técnico - Bibliotecarios.-

 

 

TITULARES

SUPLENTES

Marta IBARLUCEA (LP 5148)

María Marcela ESNAOLA (LP 7407)

Alicia AIROLDES (LP 5303)

Nilda BASALDUA (LP 8634)

Marcela V. SÁNCHEZ (LP 7480)

Nélida BENAVENTE (LP 6294)

Sandra BAIONI (LP 6414)

 

Fernanda CRAVERO (LP 5921)

 

Néstor CAZZANIGA (LP 5491)

 

 

f)       Comisión de Pre-reencasillamiento Agrupamiento Técnico . Talleres y Laboratorios.

 

TITULARES

SUPLENTES

Luis MONTERO (lp 8057)

Guillermo LEMUS (LP 6415)

Guillermo GARZA (LP 8600)

Gustavo ALBIZUA (LP 9869)

Sergio MARQUEZ (LP 8500)

 

Martín DE LUCIA (LP 10222)

 

Carlos LARRIBITE (LP 4072)

 

Elio GASPARRI (LP 5576)

 

José M. BLANCO (LP 1230)

 

Alberto LUCAIOLI (LP 2830)

 

Adriana LISTA (LP 7323)

 

Graciela MAS (LP 2859)

 

Marcelo VILLAR (LP 6419)

 

Gabriela CABEZA (LP 7763)

 

           

g)     Comisión de Pre-reencasillamiento Agrupamiento Técnico - Informática y Red  -           

 

TITULARES

SUPLENTES

Haydée FERREIRA (LP 7196)

Agustín CLAVERIE (LP 9732)

Pablo CHECHELE (LP 9734)

 

Viviana MATOS (LP 10545)

 

Fernando CABA (LP 7493)

 

Guillermo SIMARI (LP 3804)

 

Pablo MANDOLESI ( LP 7129)

 

Manuel ABAD (LP 2757)

 

Marcelo COSTABEL (LP 7153)

 

 

h)    Comisión de Pre-reencasillamiento Agrupamiento Técnico - Construcciones

 

TITULARES

SUPLENTES

Silvana AYESTARAN  (LP 6619)

 

Roberto FUCCI (LP 6493)

 

Lía COSTA ALVAREZ (LP 6188)

 

Pablo ALBANESI (LP 8086)

 

 

i)       Comisión de Pre-reencasillamiento Agrupamiento Mantenimiento y Producción y Sevicios Generales

 

TITULARES

SUPLENTES

Guillermo BUCLE (LP 7020)

Servio MOSMAN (LP 7438)

Julio QUEL (LP 6147)

Victor L. LOPEZ (LP 6557)

Gabriel CORREA (LP 8303)

 

Plácido A. SANGRONIS (LP 6594)

 

Nélida  ROBLES (LP 6013)

 

Marcelo N.PEREZ (LP 7942)

 

Francisco DOMÍNGUEZ (LP 2625)

 

Fabio MASSON (LP 7757)

 

Susana SCHBIB (LP 4669)

 

Rafael SUAREZ BALDO (LP 5007)

 

 

ARTICULO 3º).- Aprobar el Procedimiento de Reencasillamiento que corre como Anexo I de la presente.

 

ARTICULO 4 º).- Regístrese, caratúlese por Mesa General de Entradas. Por Secretaría General Técnica, notifíquese a los integrantes de cada comisión. Pase al Consejo Superior Universitario y ATUNS . Cumplido, oportunamente, archívese.

 

DR. LUIS MARIA FERNANDEZ

RECTOR

LIC. MIGUEL H. LLITERAS

SEC. GRAL. TÉCNICO

 

A N E X O     I

 

1).- La reestructuración y el reencasillamiento deberán ser, ineludiblemente, funcional y no horizontal.

 

2).- No son incluidos, siguiendo los lineamientos de la Comisión Paritaria de Nivel General, los agentes contratados.

 

3).- Deberá tenerse en cuenta no superponer jerarquías en aquellas áreas de dependencia orgánica y funcional.

 

4).- La distribución de las jerarquías debe ser hecha funcionalmente y, además, considerando las distintas líneas de trabajo.

 

5).- En el caso de interinato deberá reencasillarse el agente conforme a las funciones de su cargo permanente y no del que cubre interinamente.

 

6).- Es necesario crear las Comisiones de Pre-reencasillamiento y la Comisión Central de Reencasillamiento.

 

7).- Los integrantes de las comisiones podrán participar sólo en una única instancia en alguno de los niveles previstos para el reencasillamiento.

 

8).- La Asociación de Trabajadores de la Universidad Naciona ldel Sur designará veedores para cada Comisión de Pre-reencasillamiento como así también en la Comisión Central de Reencasillamiento.

 

9).- El resultado del reencasillamiento realizado por la mencionada Comisión de Reencasillamiento deberá tener la aprobación de la Comisión Paritaria local.

 

10).- Luego de la aprobación por parte de la Comisión Paritaria local, el resultado del reencasillamiento deberá ser elevado a la Comisión Paritaria General para su conocimiento.

 

11).- En el reencasillamiento deberán ser considerados los cargos de planta permanente e interinos. En todos los casos de cargos vacantes, los mismos deberán ser cubiertos por concurso.

 

12).- Solicitar al señor Rector remita a la Comisión Paritaria de Nivel General la cantidad de cargos no docentes actualizada a la fecha ya que existen diferencias con la cantidad informada por la Paritaria General que tomó la planta actualizada al año 2004. Asimismo es fundamental la actualización de esta información porque la pirámide de cargos, indicativa, ha sido diseñada para ser aplicada de acuerdo a la cantidad de personal no docente que posee en su planta cada institución Universitaria.

 

13).- Invitar a los integrantes de la Comisión Paritaria de Nivel General a mantener una reunión con los integrantes de las distintas Comisiones de Pre-reencasillamiento como así también con la Comisión de Reencasillamiento a fin de exponer los lineamientos a tener en cuenta para el correspondiente reencasillamiento de todo el personal No Docente.

 

14).- Las Comisiones de Pre-reencasillamiento comenzarán a funcionar a partir del lunes 04/09/06 y tendrán a su cargo el pre-reencasillamiento de cada agente no docente de su agrupamiento, para ello deberán:

 

a)     Analizar los formularios de reencasillamiento.

 

b)     En caso de que, de la lectura de los formularios de reencasillamiento, surja algún tipo de duda o incompatibilidad, podrán solicitar la intervención de los restantes superiores jerárquicos del área donde se desempeña el agente, los que llenarán un informe similar al previsto en el formulario 2.

 

c)      En caso de ser necesario, convocar al agente y/o superior jerárquico inmediato para realizar las aclaraciones pertinentes.

 

d)     Emitir un dictamen sobre la situación de cada agente, contemplando una propuesta de reencasillamiento, elevándola a la Comisión Central de Reencasillamiento de la UNS, antes del viernes 29/9/06.

 

15).- La Comisión Central tendrá a su cargo la elaboración de un Proyecto de Estructura y Reencasillamiento de toda la Universidad que elevará a la Comisión Paritaria de nivel Particular antes del viernes 27/10/06, para su consideración y posterior aprobación. Para ello, deberá:

 

a)     Analizar el dictamen y la documentación que le eleve cada Comisión de Pre - reencasillamiento.

 

b)     Solicitar  a las citadas Comisiones, de ser necesario, las aclaraciones o documentación que considere pertinentes.

 

c)      Requerir las aclaraciones o intervenciones que considere, del agente y/o lo superiores jerárquicos intervinientes en el procedimiento.

 

DR. LUIS MARIA FERNÁNDEZ

 RECTOR

LIC. MIGUEL H. LLITERAS

SEC. GRAL. TÉCNICO