UNIVERSIDADES NACIONALES


Decreto 1306/91


Convalidanse Resoluciones de las Universidades Nacionales del Sur y Lomas de Zamora.


Bs. As. 8/7/91


VISTO el Decreto Nº 2213 de fecha 30 de diciembre de 1987, mediante el cual se aprobo el regimen escalafonario para el personal no docente dependiente de las UNIVERSIDADES NACIONALES, y


CONSIDERANDO:

Que la mencionada medida legal ha sufrido diferentes interpretativos conforme las reales necesidades de cada UNIVERSIDAD NACIONAL, en concordancia con su envergadura, especialidad de funciones y las caracteristicas propias de cada servicio.

Que los Consejos Superiores y los Rectorados de las UNIVERSIDADES NACIONALES, han procedido oportunamente a dictar las Resoluciones tendientes a atender estos requisitos de acuerdo con las modalidades consignadas.

Que por Decreto Nº 1073 de fecha 6 de julio de 1989, se convalidaron las medidas dictadas por TRECE (13) UNIVERSIDADES NACIONALES y por Decreto Nº 465/90 las emanadas de QUINCE (15) UNIVERSIDADES NACIONALES, correspondiendo en consecuencia, adoptar igual criterio con aquellas que no se encuentren incluidas en los referidos Decretos.

Que si bien la UNIVERSIDADES NACIONAL DEL SUR fue contemplada en el Decreto Nº 1073/89 y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOMAS DE ZAMORA en los Decretos Nº 1073/89 y 465/90, solo se resolvieron aspectos parciales y, no la totalidad de los casos.

Que la presente medid se dicta en virtud de las facultades otorgadas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el articulo 86, inciso 1º) de la CONSTITUCION NACIONAL.


POR ELLO,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:


Articulo 1º - Convalidase la Resolucion del Consejo Universitario de la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR Nº 287 de fecha 26 de diciembre de 1990 y las Resoluciones del Rectorado de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOMAS DE ZAMORA Nros. 1072 y 1239 de fecha 1 y 24 de noviembre de 1988, respectivamente, relacionadas con la aplicacion del Escalafon para el personal no docente, aprobado por Decreto Nº 2.213 del 30 de diciembre de 1987, adjuntas.

Art. 2 - Comuniquese, publiquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese.


MENEM - Antonio F. Salonia.