RESUMEN
Las empresas militares y de seguridad privada (EMSP) operan
frecuentemente en conflictos armados tanto internacionales como
internos. En ocasiones son contratadas por Estados parte en el
conflicto, pero otras veces lo son por actores no estatales (i.e., en
conflictos armados internos). Si bien el fenómeno de la participación
en un conflicto armado de actores que no forman parte de las fuerzas
armadas regulares de un Estado no es nuevo, no existen en el Derecho
Internacional Humanitario reglas específicas que regulen las
actividades de las EMSP. Particular importancia revisten las
siguientes cuestiones: a) si las EMSP pueden utilizar las armas contra
la parte adversa y ser blanco de un ataque legítimo; b) cual es el
trato debido a los miembros de las EMSP cuando caen capturados por la
otra parte.