PERSONAL DOCENTE Y NO DOCENTE - ADICIONALES REMUNERATIVOS NO BONIFICABLES

Disposición SGT47/93.

Expediente 428/93.

BAHIA BLANCA, 22 setiembre 1993.

VISTO:

Las Resoluciones CUN° 180/93 y 286/93; y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección General de Personal ha requerido la fijación de pautas que le permitan realizar las liquidaciones correspondientes;

Que el dictado de una disposición puede facilitar el trámite de dicha liquidación, el evitar dificultades provenientes de la utilizacion de criterios diversos de interpretación de la norna aludida;

Que tal interpretación permitiría instrumentar el pago en tiempo y forma de las sumas determinadas por el Consejo Universitario;

POR ELLO,

El Secretario General Tecnico de la Universidad Nacional del Sur

DISPONE:

ARTICULO 1°).- La Dirección Area Haberes requerirá mensualmente de los Sres. Directores de Departamentos la nómina del personal docente a la que alude el articulo 2° de la Resolución CU286/93 y practicará de acuerdo con la misma, la liquidación respectiva.

ARTICULO 2°). La Direccion de Haberes liquidará según el anexo 3 y a partir del 1 de setiembre de 1993, el adicional previsto para el personal no docente.

ARTICULO 3°). A los agentes a quienes no se liquidó -por no corresponderles premio en el mes de agosto, le será liquidado el adicional remunerativo de dicho mes segun lo dispuesto en el artículo 4° de la Resolución CUN° 286/93, con las retenciones que correspondan.

ARTICULO 4°). A los efectos de no demorar la liquidación de haberes actualmente en trámite, se faculta a la Dirección Area Haberes a diferir el descuento de las retenciones que pudieran corresponder sobre la suma de $ 90, a los agentes que percibieron el incentivo del mes de agosto.

ARTICULO 5°). El adicional dispuesto por el artículo 4° de la resolución citada, se liquidará junto con el mencionado en el artículo 2° de la presente disposición.

ARTICULO 6°). Registrese. Pase a la Direccion General de Personal para su conocimiento y demás efectos. Tomen razón la Dirección General de Economía y Finanzas y el Consejo Universitario. Cumplido, oportunamente, archivese.

Ing. RODOLFO SERRALUNGA

Secretario General Tecnico