RECESO INVERNAL DOCENTE UNIVERSITARIO.

Resolución CSU-126/97.

Expediente SGA-1894/94.

BAHIA BLANCA, 18 de abril de 1997.-

VISTO:

La Resolución CSU-702/96 que establece el receso invernal docente para el año 1997 desde el 14 de julio al 25 de julio;

Que la Dirección General de Cultura y Educación estableció el receso invernal para el corriente año desde el 21 de julio al 1º de agosto; y

CONSIDERANDO:

Que tradicionalmente coincició el receso invernal docente universitario con el establecido por la Dirección General de Cultura y Educación;

Que para el presente ciclo lectivo la Dirección General de Cultura y Educación dio a conocer en el mes de febrero el calendario correspondiente con la fecha prevista para el receso invernal;

Que el Consejo Superior Universitario, en su reunión de fecha 9/4/97 aprobó lo aconsejado por su Comisión de Enseñanza;

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNVIERSITARIO

R E S U E L V E :

ARTICULO 1º).- Modificar el receso invernal docente universitario para el año 1997 estableciendo el mismo en el período comprendido entre el 21 de julio al 1º de agosto.

ARTICULO 2º).- Pase a conocimiento de la Secretaría General Académica, a la Secretaría General Técnica y a la Dirección General de Alumnos y Estudio a sus efectos. Tomen razón los Departamentos Académicos.- Cumplido, archívese.-

DR. GUSTAVO A. ORIOLI

VICERRECTOR

LIC. GUILLERMO M. LUCANERA

SEC.GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO