ESCUELAS MEDIAS - PROVISION DE HS. CATEDRA Y CARGOS DOCENTES TITULARES. (MODIF. CU-68/90).


Resolución CU-284/91.

Expediente C-238/87.


BAHIA BLANCA, 19 diciembre 1991.


VISTO:

La resolución N° CU068/90, por la que se aprueba el Reglamento para la provisión de Horas cátedra y Cargos Docentes Titulares de las Escuelas Medias dependientes de la Universidad Nacional del Sur; y


CONSIDERANDO:

Las modificaciones propuestas a la misma por la Comisión de Docencia y Concursos del CEMS;

Lo resuelto por este Consejo en su reunión de fecha 12 de diciembre del año en curso, según lo aconsejado por su Comisión de Establecimientos Secundarios y Terciarios;


POR ELLO,

El Consejo Universitario

RESUELVE:


ARTICULO 1°). MODIFICAR el Anexo de la Resolución N°CU068/90, en los siguientes artículos:

"Artículo 1°). La designación del personal docente titular de los Establecimientos de Enseñanza Media y Primaria de la UNS resultará de los concursos de titulos, antecedentes y oposición que se realizarán de acuerdo a la siguiente reglamentación. Para los profesores de nivel medio el llamado a concurso se realizará por niveles dentro de una asignatura especifica y el resto por cargos docentes."

"Artículo 16°). 2 Antecedentes. 2.1 Antigüedad: a) Antigüedad en la docencia universitaria, superior, media y técnica o artística, oficial o privada, 0,40 puntos por año y hasta un máximo de: 4 puntos."

"Artículo 17°). La prueba de oposición consistirá en: 1 Para Profesores, Maestros de Grado y Maestros Especiales: I - El dictado de una clase de una hora escolar sobre un tópico del programa vigente sorteado y comunicado al aspirante con 24 horas de anticipación.

Los temas a sortear se harán teniendo en cuenta la planificación áulica al momento de la clase, para abordar temas en los cuales los alumnos posean los conocimientos previos indispensables. Tal clase será pública y se desarrollará en el local de la escuela a la hora señalada por el jurado, y ante un curso al que sea perteneciente la materia, designado por sorteo previo a la clase."


ARTICULO 2°). Regístrese, pase a conocimiento de Secretaria General Académica. Tome razón el Consejo de Enseñanza Media y Superior. Cumplido, archivese.



Ing. Qco. CARLOS E. MAYER

Rector

Ing. Agr. MIGUEL A. CANTAMUTTO

Sec. Gral. Consejo Universitario