PROGRAMA DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS EN LA ZONA DE INFLUENCIA DE LA UNS - (PEUZO)
Resolución CSU-301/97.
Expediente CU-1218/95.
BAHIA BLANCA, 17 de junio de 1997.-
VISTO:
La modalidad de implementación del Programa de Estudios universitarios en la Zona de Influencia de la Universidad Nacional del Sur (PEUZO) en la ciudad de Tres Arroyos, formulada a la Comisión de Planeamiento por el señor Secretario de Relaciones Institucionales y Extensión Universitaria; y
CONSIDERANDO:
Los fondos asignados a este Programa por la Res.CSU-110/97;
Que el Consejo Superior Universitario en su reunión de fecha 12/6/96, aprobó lo aconsejado por su Comisión de Planeamiento;
POR ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º).- Aprobar la siguiente modalidad de implementación del PEUZO en la ciudad de Tres Arroyos.
Los profesores y docentes auxiliares serán designados por los Departamentos de Matemática y Derecho, según corresponda.
ARTICULO 2º).- Los docentes con residencia en Bahía Blanca percibirán una asignación complementaria mensual bruta de $ 700 (Setecientos pesos) en el caso de los profesores, y de $ 500 (Quinientos pesos) en el de los auxiliares, más gastos de traslado y estadía en ambos casos.
Las obligaciones de los profesores comprenden el dictado de teoría en dos días consecutivos por semana, la dirección de la práctica y la atención de consultas. El docente auxiliar deberá colaborar en las tareas mencionadas. El régimen horario será en ambos casos de 8 (ocho) horas diarias.
ARTICULO 3º).- Los docentes con residencia en Tres Arroyos serán contratados con una remuneración equivalente a la dedicación simple de la categoría respectiva.
ARTICULO 4º).- Se distribuirán fondos de la siguiente manera:
Análisis Un Ayudante con Matemático I dedic. simple Elementos de Un Ayudante con Algebra dedic. simple.
Se asigna al Departamento de Derecho un monto de $ 3980 (Tres mil novecientos ochenta pesos ) para efectuar las siguientes contrataciones por el período comprendido entre el 1º de agosto y el 31 de diciembre de 1997:
Instituciones Un Prof.Adjunto del Derecho con dedic. Privado I simple Un Ayudante con dedic. simple. Instituciones Un Prof. Adjunto del Derecho con dedic.simple Un Ayudante con dedic. simple
ARTICULO 5º).- La erogación que demande la ejecución de esta resolución deberá afectarse a la reserva prevista por el Art. 4º del a Res. CSU-110/97.
ARTICULO 6º).- Pase a la Secretaría General Académica y a las Direcciones Generales de Economía y Finanzas y de Personal. Tomen razón los Departamentos de Matemática y Derecho. Cumplido, archívese.
LIC. RICARDO RAUL GUTIERREZ
RECTOR
LIC. GUILLERMO M. LUCANERA
SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO