CURSADO DE MATERIAS NO CURRlCULARES


Resolución CU 372/86 - Consejo Universitario

Expediente 710 - 1979.


Bahía Blanca, 22 diciembre 1986


VISTO:

La nota del Dpto. de Matematica en la que se solicita se autorice a los alumnos a cursar, como asignaturas no curriculares materias que figuran en la lista de optativas posibles para la carrera en que estan inscriptos; y


CONSIDERANDO:

Que los alumnos, al completar la elección de un plan de optativas, adquieren planes de estudio particulares, que excluyen al resto de las materias;

Que, en caso de no permitirles.el acceso al cursado de éstas, quedaría anulada la posibilidad de complementar con ellas su formación de acuerdo con sus orientaciones especificas o según sus inquietudes culturales.

Que el Consejo Universitario en su reunión de fecha 11 de diciembre aprobó el dictamen de su Comisión de Enseñanza;


POR ELLO,

El Consejo Universitario

RESUELVE:


ARTICULO 1°). Los alumnos regulares de esta Universidad podrán cursar como materías no curriculares, en los términos que fija la Resolución N° R-411/79 asignaturas que, figurando en la lista de optativas de la carrera, no hayan sido incluidas en el plan de optativas aprobado oportunamente por el Departamento respectivo.

ARTlCULO 2°). Regístrese, dése al Boletin Of icial de la Universidad Nacional del Sur, pase a conocimiento de Secretaría General Académica, a la Dirección de Alumnos y Estudio a sus efectos. tome razón el Departamento de Matemática y demas Departamentos Académicos. Cumplido, archívese.



Dr. ALBERTO R. CASAL

Rector

Dr. NESTOR J. CAZZANIGA

Secretario Gral. Consejo Universitario