CURSADO DE MATERIAS NO CURRlCULARES
Resolución CU 372/86 - Consejo Universitario
Expediente 710 - 1979.
Bahía Blanca, 22 diciembre 1986
VISTO:
La nota del Dpto. de Matematica en la que se solicita se autorice a los alumnos a cursar, como asignaturas no curriculares materias que figuran en la lista de optativas posibles para la carrera en que estan inscriptos; y
CONSIDERANDO:
Que los alumnos, al completar la elección de un plan de optativas, adquieren planes de estudio particulares, que excluyen al resto de las materias;
Que, en caso de no permitirles.el acceso al cursado de éstas, quedaría anulada la posibilidad de complementar con ellas su formación de acuerdo con sus orientaciones especificas o según sus inquietudes culturales.
Que el Consejo Universitario en su reunión de fecha 11 de diciembre aprobó el dictamen de su Comisión de Enseñanza;
POR ELLO,
El Consejo Universitario
RESUELVE:
ARTICULO 1°). Los alumnos regulares de esta Universidad podrán cursar como materías no curriculares, en los términos que fija la Resolución N° R-411/79 asignaturas que, figurando en la lista de optativas de la carrera, no hayan sido incluidas en el plan de optativas aprobado oportunamente por el Departamento respectivo.
ARTlCULO 2°). Regístrese, dése al Boletin Of icial de la Universidad Nacional del Sur, pase a conocimiento de Secretaría General Académica, a la Dirección de Alumnos y Estudio a sus efectos. tome razón el Departamento de Matemática y demas Departamentos Académicos. Cumplido, archívese.
Dr. ALBERTO R. CASAL
Rector
Dr. NESTOR J. CAZZANIGA
Secretario Gral. Consejo Universitario