CARRERA DE MEDICINA

CONDICIONES DE INGRESO (RECTIF. ART. 1º ANEXO RES.CSU-681/13)

 

Resolución CSU-482/16

Expte. X-80/13

 

BAHIA BLANCA, 29 de agosto de 2016

 

            VISTO:          

            La resolución del Consejo Departamental  de Ciencias de la Salud DCS-181/16 solicitando la modificación de la resolución CSU-681/13 referida a las condiciones de ingreso a la carrera de Medicina; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que la resolución mencionada en el visto en su artículo 1º establece que “Podrán inscribirse en la carrera de Medicina de la UNS aquellos alumnos regulares de carreras de grado de Universidades que integran el Sistema Universitario Nacional, que hayan aprobado el 1º año de la misma”;

            Que según el plan de estudios, la carrera de Licenciatura en Enfermería cuenta con 8 asignaturas en el primer año de la misma y dicha carrera es una de las más elegidas por los alumnos para dar cumplimiento al artículo 1º de la resolución CSU-681/13, con el fin de ingresar a Medicina;

 

            Que la aprobación de seis (6) asignaturas, en vez de ocho (8), de la carrera de Licenciatura en Enfermería, igualmente, garantizaría el proceso de inserción de los estudiantes a la carrera de Medicina;

            Que por lo tanto, pueden exceptuarse de los requisitos de ingreso al primer año de Medicina, la aprobación de espacios de formación práctica del ciclo inicial;

            Que la modificación propuesta es una estrategia para reducir el impacto del ingreso a Medicina en otras unidades académicas, dado que se requiere adaptación y competencia de un primer año de grado aprobado;

            Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión de fecha 24 de agosto de 2016 lo aconsejado por su Comisión de Enseñanza;

 

POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

 

ARTICULO 1º).- Rectificar el artículo 1º del Anexo  de la resolución CSU-681/13 (Condiciones de Ingreso a la Carrera de Medicina),  el que quedará redactado de la siguiente forma:

 

“ARTICULO  1º: Podrán inscribirse en la carrera de Medicina de la UNS aquellos alumnos regulares de carreras de grado de Universidades  que integran el Sistema Universitario Nacional que hayan aprobado el 1º año de la misma. En el caso de alumnos que hayan aprobado el primer año de la Licenciatura en Enfermería, no se les exigirá la aprobación de las asignaturas: “Enfermería, Fundamentos, Prácticas y Tendencias I” (código: 20016) y “Enfermería, Fundamentos, Prácticas y Tendencias II” (código: 20018), a partir del año 2017.”

 

ARTICULO 2º).- Pase a la Secretaría General Académica y a la Dirección General de Alumnos y Estudio. Gírese al Departamento de Ciencias de la Salud. Cumplido, archívese.

 

MG. CLAUDIA PATRICIA LEGNINI

VICERRECTORA UNS

DR. DIEGO DUPRAT

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO