BIENESTAR ESTUDIANTIL

BECAS DE ESTIMULO AL ESTUDIO

Mod. CU-70/96 - Deroga CSU-251/97

Resolución CSU-522/02

Expediente SAE-005/91 3º C

BAHIA BLANCA, 16 de setiembre de 2002.

VISTO:

Las resolución CU-70/86 y su modificatoria CSU-251/97; y

CONSIDERANDO:

Que el objetivo de las becas de estímulo al estudio es premiar a aquellos estudiantes sobresalientes;

Que el Consejo Superior Universitario, en su reunión de fecha 14 de agosto de 2002, aprobó lo aconsejado por sus Comisiones de Enseñanza y de Economía, Finanzas y Edificios;

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

 

R E S U E L V E :

ARTICULO 1º).- Derogar la CSU-251/97

ARTICULO 2º).- Modificar el artículo 3º de la Res. CU-70/86, quedando su texto redactado del siguiente modo:

"Anualmente el Consejo Superior Universitario establecerá el monto de las becas a otorgar de acuerdo con las posibilidades presupuestarias. Podrán inscribirse en el concurso los alumnos que hayan aprobado como mínimo el 50% de las asignaturas de su carrera -cuya duración no sea menor de cuatro (4) años, según plan preferencial- no registren título de grado y posean un promedio no inferior al promedio histórico de su carera, incluyendo aplazos.

  1. Las becas se otorgarán sobre la base del promedio del alumno regular de la Universidad Nacional del Sur, seleccionando al mejor promedio de cada carrera de grado.
  2. Se confeccionará en el mes de febrero el orden de mérito de los inscriptos de cada carrera, tomando el promedio al 31 de diciembre del año anterior al de vigencia de la beca.

ARTICULO 2º).- Pase a conocimiento de la Secretaría General Académica, a la Secretaría de Asuntos Estudiantiles. Tomen razón la Dirección General de Alumnos y Estudio y los Departamentos Académicos. Cumplido, archívese.

DR. LUIS MARIA FERNANDEZ

RECTOR

LIC. SANDRA BAIONI

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO