CEMS
REGLAMENTO
DE DPTOS. DE ESTABLECIMIENTOS
PREUNIVERSITARIOS (Res.CSU-980/06)
Resolución CSU-903/08
Expediente X-60/07 (389/86)
Bahia Blanca, 19 diciembre 2008.
VISTO:
La Res. CEMS-53/08 por la cual el Consejo de Enseñanza
Media y Superior modifica el Reglamento de los Departamentos de los
Establecimientos Preuniversitarios de la UNS (Res.CSU-980/06); y
CONSIDERANDO:
Que la propuesta fue elevada al CEMS por la Dirección de
la Escuela de Educación General Básica y cuenta con el aval del Departamento de
Orientación Educacional;
Que la Res. CSU-980/06 no define las funciones inherentes
al cargo de Maestro Coordinador;
Que el Consejo Superior Universitario aprobó en su
reunión del 17 de diciembre de 2008, lo aconsejado por su Comisión de
Interpretación y Reglamento;
POR ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR
UNIVERSITARIO
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º).- Modificar la
Res.CSU-980/06, incorporando el artículo 24 bis, que
quedará redactado de la siguiente forma:
“Artículo 24º bis).- Serán
funciones del Maestro Coordinador:
a) Mediar y
facilitar la comunicación entre el D.O.E., profesores, padres alumnos del curso o su cargo a fin de
articular acciones que favorezcan la integración del ingresante a la Escuela y
contribuyan a optimizar su desempeño académico (Incluye organizar y conducir
reuniones de padres, coordinar reuniones de profesores, participar en reuniones
de Departamento y con el Equipo Directivo referidas a los séptimos años, entre
otras)
b) Organizar y
coordinar a nivel áulico el Taller de Integración que se realiza anualmente
antes del inicio del ciclo lectivo.
c) Asistir a la
jornada escolar con el grupo-clase a su
cargo a fin de realizar la observación y seguimiento del proceso de
aprendizaje.
d) Realizar
observación y seguimiento actitudinal y de la convivencia del grupo áulico, así
como asistencia y orientación personalizada del alumno.
e) Relevar la
existencia de problemáticas en los alumnos (dificultades en el rendimiento
académico, integración, motivación, crisis personales, problemas familiares y
otras) y mediar entre los involucrados para facilitar una resolución de
conflicto.
f)
Estimular y orientar en el alumno el desarrollo de
procesos meta cognitivos tendientes a lograr mayor autonomía y control de su
propio aprendizaje.
g) Elaborar el
legajo acumulativo del alumno e informe grupal anual detallado de la tarea
tutorial.
h) Coordinar con
los distintos profesores los horarios de “clases compartidas”, los proyectos
interdisciplinarios y los proyectos institucionales.
i)
Colaborar con las actividades áulicas que realiza el
profesor, así como fijación y/o continuación de actividades propuestas por éste
en caso de su ausencia.
j)
Organizar
salidas didácticas solicitadas por profesores y/o gestionadas desde el
espacio propio.
k) Participar en
las reuniones vinculadas con los séptimos años y/o ingresantes.
l)
Tener a su cargo el espacio de “Orientación, Tutoría
y Proyectos” con una carga horaria de 2 (dos) horas cátedra semanales. Este especio
podrá o no ser compartido con el Profesor de Relaciones Humanas de acuerdo a
los requerimientos del grupo y/o las temáticas desarrolladas.
m) Planificar,
llevar a cabo y evaluar las actividades del espacio de “Orientación, Tutoría y
Proyectos”:
-
Organización de actividades lúdicas
-
Coordinación de debate, asambleas, mesas redondas,
consejos de aula, sobre temas vinculados con la participación activa en la vida
institucional.
-
Organización de proyectos surgidos del grupo,
especialmente los relacionados con objetivos de solidaridad y ayuda
comunitaria.
-
Desarrollo de actividades creativas complementarias
de proyectos surgidos en otras áreas.
-
Actividades de reflexión y animación al diálogo
dentro del grupo, referido a situaciones que los inquietan, interesan o
preocupan, generalmente referidas a las interacciones con le medio escolar y
social en general.
n) Cumplimentar y
controlar:
-
Registro de Asistencia
-
Actas de Exámenes
-
Libros de Temas
-
Partes Diarios
-
Planillas de Evaluación
-
Boletines de Inasistencias
-
Fichas de Información Pedagógica
-
Notificaciones y comunicaciones a padres y
profesores.
-
Control del cuaderno de comunicaciones de los
alumnos
-
Confección del legajo administrativo.
-
Colaborar en la recolección de datos en la elaboración de estadísticas.
ARTICULO 2º).- Pase A la
Secretaría General Académica, al CEMS y por su intermedio a las Direcciones de
las EMUNS, Asesoría Académica y Departamento de Orientación Escolar para su
conocimiento. Dése al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.
LIC. MARIA DEL CARMEN VAQUERO
VICERRECTORA
DR. JORGE CARRICA
SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR
UNIVERSITARIO