REENCASILLAMIENTO Y UBICACION DEL PERSONAL NO DOCENTE DE LA UNS


Reso1ución Ministerio de Educación y Justicia N°482/88.


BUENOS AIRES, 30 de marzo de 1988


VISTO:

Las presentes actuaciones por las qúe la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR eleva el reencasillamiento y ubicación del personal no docente de su dependencia de conformidad con lo establecido en el Decreto 2213/87 y la Resolución Ministerial N°425/88;


CONSIDERANDO:

Que el Decreto N°2213 del 3 de agosto de 1987 que aprobara el Escalafón para el personal no docente de las Universidades Nacionales dispone en sú artículo 3° qúe dichas Casas de Altos Estudios deberán efectivizar antes del 31 de marzo de 1988 el reencasillamiento y ubicación del personal de conformidad con las denominaciones y niveles jerárquicos estab1ecidos en el Tipificador de Fúnciones que como Anexo II forma parte del citado decreto y las disposiciones contenidas en el Escalafón, debiendo ajústarse a los cargos ocupados en la distribución por cargos y horas de cátedra vigentes;

Que, posteriormente y por Resolúción N°425 del 24 de marzo de1 corriente año, se dictaron las pautas y procedimientos para la presentación de1 reencasillamiento y ubicación del personal que se trata, conforme a las normas del recordado Decreto N°2213/87;

Que la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR ha cumplido con los lineamientos estipulados proponiendo el reencasillamiento de su personal no docente según planillas obrantes en fs. 3/12 del presente, el que no ha recibido observación alguna por parte de las Direcciones Generales de Organización y Sistemas fs. 13 y de Presupúesto (fs.25, cuya intervención compete en vir tud de lo establecido en el punto 2 del ANEXO de la resolución N°425/88;

Que en consecuencia, y segun lo previsto por el púnto 3° del citado ANEXO, corresponde su aprobación.


POR ELLO, de conformidad con la elevación efectuada por la DIRECCION NACIONAL DE ASUNTOS UNIVERSITARIOS (fs. 26),

EL MINISTRO DE EDUCACION Y JUSTICIA

RESUELVE:


ARTICULO 1°: Aprobar e1 reencasillamiento y ubicación del personal no docente de la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR según planillas obrantes en fs. 3/12 del presente.


ARTICULO 2°: Regístrese, comúníquese y pase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASUNTOS UNIVERSITARIOS para su notificación.



JORGE SABATO

Ministro de Educación