Resolución R336/83.

Expediente I1065/76.


BAHIA BLANCA, 22 de junio de 1983


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado de la Resolución RNro.295/82 fue aprobada la reglamentación del uso de las viviendas que componen el denominado "Barrio Universitario" previendo la misma la designación de un delegado para actuar como coordinador y nexo entre los habitantes del barrio y las autoridades de la Universidad y de un encargado afectado al cumplimiento de tareas destinadas a satisfacer determinadas necesidades comunes;

Que el tiempo transcurrido desde el dictado de la mencionada reglamentacion, ha mostrado la necesidad de contar además, con una persona afectada a las tareas de parquizacion de los lugares comunes dispuestos para tal fin, de manera tal que el barrio armonice con las areas verdes que lo circundan;

Que imposibilidad presupuestaria de contratar los servicios de un tercero, justifica se asigne el cumplimiento de la mencionada tarea a un habitante del barrio, otorgándole en compensación la eximición del pago que la ocupación de su vivienda le devengaría mensualmente, correspondiendo entonces, se proceda a efectuar la pertinente modificación a la reglamentación vigente;


POR ELLO,

El Rector de la Universidad Nacional del Sur

RESUELVE:


1°). MODIFICAR el articulo 5° de la "Reglamentación del uso de las viviendas del Barrio Universitario", aprobado por Resolución RN 295/82, el que quedara redactado de la siguiente manera:

"Artículo 5°). El Delegado será designado anualmente de entre los ocupantes de las viviendas, teniendo por misión receptar todas las inquietudes de los moradores que hagan al mejoramiento del barrio y a la armonización de la convivencia, correspondiéndole la dirección de la tarea del encargado y del jardinero.

El Delegado tendrá tambien a su cargo comunicar a Secretaría General Tecnica toda violación a las normas del presente reglamento que detecte o le sea comunicada."


2°). Agregar a continuación del Articulo 6° de la mencionada Reglamentación, el siguiente:

"Articulo ... : El Jardinero del barrio tendrá a su cargo la tarea de parquizar los lugares dispuestos para tal fin y su mantenimiento, conservación y limpieza. Será designado para el cumplimiento de tal tarea un habitante del barrio a quien se le compensara con la eximición de la retribución que mensualmente correspondería se le retuviera de sus haberes por el uso de la vivienda que le ha sido asignada".


3°). Regístrese; pase a las Direcciones de Personal, de Economia y Finanzas y de Asuntos Jurídicos a los fines que corresponda tomen razón las Secretarías Generales Academica y de Ciencia y Tecnología y los Departamentos Academicos. Cumplido, archívese.



Lic. CARLOS A. ROBLEDO

Rector

Cr. ALFREDO. ARISARRI

Secretario General Técnico