CURSOS DE NIVELACION - PAUTAS

Resolución R-700/93.

Expediente 1589/89.

BAHIA BLANCA, 2 diciembre 1993.

VISTO:

El Curso de Nivelación para ingresantes a la Universidad Nacional del Sur en 1994, implementado por Resoluciones del Consejo Universitario Nros. 200/92 y CU438/93; y

CONSIDERANDO:

Los términos del artículo 3° de la Resolución CU200/92;

POR ELLO,

El Rector de la Universidad Nacional del Sur

RESUELVE:

ARTICULO 1°). Los Cursos de Nivelación para ingresantes a la Universidad Nacional del Sur en 1994 se llevaran a cabo bajo las siguientes pautas:

I ) Se desarrollaran durante cinco (5) semanas a partir del 1 de febrero de 1994. Los ingresantes se distribuirán en cursos de aproximadamente treinta (30) alumnos.

II ) Su carga horaria será:

a) COMPRENSION DE TEXTOS: dos (2) horas por día, a razon de tres (3) dias por semana.

b) MATEMATICA: dos (2) horas por dia, a razón de cinco (5) dias por semana.

c) QUIMICA: dos (2) horas por dia, a razón de cinco (5) dias por semana.

d) GEOGRAFIA: dos (2) horas por dia, a razón de dos (2) dias por semana.

ARTICULO 2°). Los Cursos de Nivelación se gestionarán a traves de un Coordinador de Matematica y un Coordinador de Química, quedando la coordinación de los Cursos de Comprensión de Textos y Geografia a cargo de los Departamentos de Humanidades y Geografia, respectivamente.

ARTICULO 3°). Teniendo en cuenta los objetivos de los Cursos de Nivelacion para la selección de los Coordinadores y personal docente se tendrá en cuenta además de los antecedentes academicos de los postulantes el desempeño al frente de asignaturas vinculadas. Para la designación del personal docente se respetara el orden propuesto por el Jurado y la asignación del número de cursos por docente, de acuerdo al criterio de cada Departamento. Además, los Departamentos Académicos involucrados deberan arbitrar los medios tendientes a lograr que aquellos docentes seleccionados para los Cursos de Nivelación, que participen en el dictado de las materias vinculadas, sean asignados al grupo de alumnos con los que posteriormente desarrollaran sus actividades curriculares en el primer cuatrimestre.

ARTICULO 4°). A los efectos de remunerar las funciones a que se refiere el articulo anterior, se utilizaran dos (2) cargos de Profesor Adjunto con dedicación exclusiva para los Coordinadores; cuarenta y siete (47) cargos de Profesor Adjunto con dedicacion semiexclusiva, para los docentes afectados a los Cursos de Matemática y Química y cuatro (4) cargos de Asistente de Docencia con dedicación semiexclusiva para los docentes afectados a los cursos de Comprensión de Textos y Geografia. Las designaciones se efectuarán por el término de dos (2) meses, a partir del 1 de enero de 1994.

De acuerdo con lo resuelto por el Consejo Universitario en otras oportunidades, los docentes a cargo de dichos Cursos serán exceptuados del "Regimen de Incompatibilidades", mientras dure su designación.

ARTICULO 5°). El Jurado que entendera en la designación del Coordinador de Matematica estara integrado por un Profesor designado por el Rectorado y dos Profesores propuestos por el Departamento de Matematica.

El Jurado que entenderá en la designación del Coordinador de Química estara integrado por un Profesor designado por el Rectorado y dos Profesores propuestos por el Departamento de Química.

La designación de los Coordinadores se efectuará a traves del Rectorado.

ARTICULO 6°). El Jurado que entenderá en la designación de los docentes estara integrado:

a) El Coordinador de Matematica y dos Profesores del Departamento de Matematica, para los docentes del Curso de Matematica.

b) El Coordinador de Quimica y dos Profesores del Departamento de Química e Ingenieria Química, para los docentes del Curso de Quimica.

c) Tres Profesores del Departamento de Humanidades, designados por el mismo Departamento, para los Docentes del Curso de Comprensión de textos.

d) Tres Profesores del Departamento de Geografía, designados por el propio Departamento, para los docentes del Curso de Geografia.

La designación de los docentes de los Cursos de Nivelación se efectuará a traves de los respectivos Departamentos.

ARTICULO 7°). Para cubrir los cargos de Coordinador y Docentes de los Cursos de Nivelación se llama a inscripción de antecedentes desde el 6 al 13 de diciembre, inclusive, de 1993. Los aspirantes se inscribiran en los respectivos Departamentos.

ARTICULO 8°). Registrese; comuniquese y pase a la Dirección de Personal y a los distintos Departamentos para su conocimiento y demás efectos; cumplido, archívese.

Ing. Qco. CARLOS E. MAYER

Rector

Ing. OSVALDO A. CURZIO

Secretario General Académico