CEMS - CARGO DE PROFESOR ORIENTADOR

 

Resolución CSU-713/98

Expediente SGA-1064/95

 

BAHIA BLANCA, 28 de octubre de 1998

VISTO:

La Resolución CSU-526/97 por la que se establece el Nomenclador de cargos docentes para el Consejo de Enseñanza Media y Superior;

 

La solicitud del mencionado Consejo -mediante Resolución 650/97- de inclusión del cargo de Profesor Orientador en el respectivo Nomenclador; y

 

CONSIDERANDO:

Que por Resolución CU-155/87 el cargo de Profesor Orientador ha venido remunerándose con una suma equivalente a 18 hs. cátedra, por no estar consignado el mismo en los nomencladores para los distintos niveles de la exjurisdicción NACION, que eran aplicables en ese entonces;

 

Que, por lo tanto, resulta necesaria su adecuación normativa incorporándolo a la planta docente de cargos del CEMS;

 

Que el Consejo Superior Universitario aprobó , en su reunión del 21/10/98, lo aconsejado por su Comisión de Establecimientos Secundarios y Terciarios;

 

POR ELLO,

 

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

 

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º) Incorporar -a partir del 01/07/98- el cargo de Profesor Orientador al nomenclador del CEMS, establecido mediante Resolución CSU-526/97, con un índice remunerativo de 721.8 puntos.

 

ARTICULO 2º) El mencionado cargo computará, para el régimen de incompatibilidad, 18 horas cátedra.

 

ARTICULO 3º) El personal docente que se encontrare revistando en cargos de Profesor Orientador, mantendrá su condición de revista.

 

ARTICULO 4º) La modificación presupuestaria, derivada de esta incorporación, no importa variación monetaria y será incluida en la próxima planta de cargos docentes del CEMS, para el ciclo lectivo 1999.

 

ARTICULO 5º) Pase a conocimiento de la Secretaria General Académica y al CEMS a sus efectos. Cumplido, archívese.

 

LIC. RICARDO GUTIERREZ

RECTOR

Dr. LEANDRO BENGOCHEA

SECRETARIO GENERAL del

CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO