DECLARACION JURADA PATRIMONIAL - (Modif. R-223/90) - DESIGNASE OFICIAL DE ETICA PUBLICA EN EL AMBITO DE LA UNS

 

 

Resolución R-775/99

 

BAHIA BLANCA, 18 de octubre de 1999.

 

VISTO:

El Decreto 152/97, por el cual se crea en el ámbito de la Presidencia de la Nación la Oficina de Etica Pública, dependiente directamente del Presidente de la Nación;

El Decreto 41/99, por el cual se aprueba en su artículo 1º el Código de Etica de la Función Pública, aplicable a los funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional;

 

CONSIDERANDO:

Lo manifestado por la Sra. Directora General de Personal mediante nota de fecha 8 de setiembre del corriente, sobre la reunión que se llevó a cabo en la OFICINA NACIONAL DE ETICA PUBLICA y en donde se informa sobre la elaboración, transmisión y cumplimiento del Código de Etica de la Función Pública;

Que en el Decreto 41/99, además de aprobarse el Código de Etica de la Función Pública se incorpora como novedad el formulario de Declaración Jurada Patrimonial, en los que podrán pasar a ser público;

Que los formularios aprobados son el 101, que contiene los datos generales del agente y el formulario 102 que es solamente para OFICINA NACIONAL DE ETICA PUBLICA, que solamente podrán ser solicitado el Formulario 101, en lo que se poseen los datos generales de los agentes;

Que en el Decreto 152/97 se ha previsto la designación de Oficiales de Etica Pública, y que la misma debe estar a cargo de cada organismo del Estado;

La Resolución Nº 20/99 y su Anexo I de la OFICINA NACIONAL DE ETICA PUBLICA, por la que se aprueba el perfil requerido para el nombramiento de Oficial de Etica Pública;

Que el agente propuesto por la Sra. Directora General de Personal para ser designado como oficial de Etica Pública, es el Cr. Mario MARCHESI, Director de Registro y Control dependiente de la Dirección General de Personal, ya que considera que el mismo reúne los requisitos mencionados en la Resolución Nº 20/99

Que en el Código de Etica Pública en su artículo 53 surge que no es necesario incluir dentro de los sujetos obligados al personal no docente de Categoría 9, como tampoco a aquellos de Categoría 10 que no tengan acceso al manejo de fondos, o que tengan acceso a montos irrelevantes, por lo que resulta conveniente actualizar los alcances que tiene la Resolución R-223/90;

Que en la Resolución 15/99 de la OFICINA NACIONAL DE ETICA PUBLICA, se fijó los plazos para la presentación de las Declaraciones Juradas Patrimoniales por parte de los funcionarios de esta Casa de Estudios;

Que del informe de la Dirección General de Personal surge que 49 agentes de esta Casa de Estudios no han cumplimentado la entrega de las Declaraciones Juradas Patrimoniales;

 

POR ELLO,

 

EL VICERRECTOR DE LA U.N.S.

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º).- Rectificar el artículo 1º de la Resolución R-223/90, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"ARTICULO 1º.- Las Declaraciones Juradas Patrimoniales deberán ser presentadas por los siguientes funcionarios de la Universidad: Rector, Vicerrector, Secretarios y Subsecretarios de Rectorado, Directores, Vicedirectores y Secretarios Académicos de los Departamentos Docentes, Presidente del CEMS, Directores y Vicedirectores de las Escuelas Medias dependientes de la UNS, Directores de los Institutos de Investigación y Personal No Docente que revista en las Categorías 11 (Directores Generales), 10 (Directores) y 9 (Jefe de Departamento) en las Direcciones de Tesorería y Contrataciones".

 

ARTICULO 2º).- Designar al Cr. Mario MARCHESI (Legajo Nº 1318), Director de Registro y Control dependiente de la Dirección General de Personal como Oficial de Etica Pública.

 

ARTICULO 3º).- Por la Dirección General de Personal, intímase a los agentes que no han cumplimentado la entrega de las Declaraciones Juradas Patrimoniales correspondientes, de acuerdo a lo instituido en el artículo 61 del Código de Etica de la Función Pública.

 

ARTICULO 4º).- Regístrese. Pase a la Dirección General de Personal para su conocimiento y notificación a los funcionarios que intervienen en la presente resolución. Tome razón el Consejo Superior Universitario. Cumplido, oportunamente, archívese.

 

DR. GUSTAVO ADOLFO ORIOLI

VICERRECTOR

LIC. GUILLERMO M. LUCANERA

SECRETARIO GENERAL TECNICO