ARANCELES - EQUIPAMIENTO DE TRADUCCION (Modif.CU-439/93).

Resolución CU-441/96.

Expediente R-1502/92.

BAHIA BLANCA, 2 de setiembre de 1996.

VISTO:

La nota presentada por la Secretaría General de Comunicación y Cultura referida al arancelamiento de Salones y Equipos de Audiovisuales de la UNS; y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Superior Universitario aprobó en su reunión de fecha 21/8/96 lo aconsejado por su Comisión de Economía, Finanzas y Edificios;

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

ARTICULO 1º).- Modificar el Anexo II de la Resolución CU-439/93 referente al arancelamiento de Salones y Equipos Audiovisuales de la UNS, incluyendo el nuevo equipamiento de traducción estableciendo para su uso un arancel de 500 (quinientos) módulos por día. El destino de los fondos recaudados será del 10% (diez por ciento) para Rectorado y 90% (noventa por ciento) para la Secretaría General de Comunicación y Cultura.

ARTICULO 2º).- Pase a las Secretarías Generales Académica y Técnica para su conocimiento y comunicación a sus dependencias. Tomen razón la Secretaría de Comunicación y Cultura, el Boletín Oficial y a los Departamentos Académicos. Cumplido, archívese.

LIC. RICARDO RAUL GUTIERREZ

RECTOR

LIC. GUILLERMO M. LUCANERA

SEC. GRAL. CONSEJO UNIVERSITARIO