ARANCELES - EQUIPAMIENTO DE TRADUCCION (Modif.CU-439/93).
Resolución CU-441/96.
Expediente R-1502/92.
BAHIA BLANCA, 2 de setiembre de 1996.
VISTO:
La nota presentada por la Secretaría General de Comunicación
y Cultura referida al arancelamiento de Salones y Equipos de Audiovisuales
de la UNS; y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Superior Universitario aprobó en su reunión
de fecha 21/8/96 lo aconsejado por su Comisión de Economía,
Finanzas y Edificios;
POR ELLO,
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º).- Modificar el Anexo II de la Resolución CU-439/93 referente
al arancelamiento de Salones y Equipos Audiovisuales de la UNS,
incluyendo el nuevo equipamiento de traducción estableciendo
para su uso un arancel de 500 (quinientos) módulos por
día. El destino de los fondos recaudados será del
10% (diez por ciento) para Rectorado y 90% (noventa por ciento)
para la Secretaría General de Comunicación y Cultura.
ARTICULO 2º).- Pase a las Secretarías Generales Académica
y Técnica para su conocimiento y comunicación a
sus dependencias. Tomen razón la Secretaría de Comunicación
y Cultura, el Boletín Oficial y a los Departamentos Académicos.
Cumplido, archívese.
LIC. RICARDO RAUL GUTIERREZ
RECTOR
LIC. GUILLERMO M. LUCANERA
SEC. GRAL. CONSEJO UNIVERSITARIO