BARRIO UNIVERSITARIO - CANON POR EL USO DE VIVIENDAS - ALUMNOS DE POSGRADO.

Resolución R-373/96.

Expediente IM-1065/76 4º C.

BAHIA BLANCA, 4 de julio de 1996.-

VISTO:

La Resolución CU-098/96, por la que modifica la reglamentación para la adjudicación de viviendas del Barrio Universitario; y

CONSIDERANDO.

Que en el artículo 1º de la Resolución mencionada en el Visto, el Consejo Universitaria autoriza, a que el Rectorado fije un canon por el uso de la vivienda destinadas a brindar alojamiento a alumnos de posgrado de la Universidad;

La tasación realizada por la firma Propiedades COMIGNANI, sobre el alquiler de una vivienda del Barrio Universitario;

Que por lo expuesto en el considerando anterior, este Rectorado ha decidido fijar el canon en un cincuenta por ciento (50%) de la tasación;

POR ELLO,

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR

R E S U E L V E :

ARTICULO 1º).- Fijar un canon de CIENTO SETENTA Y CINCO PESOS ($ 175) para aquellos alumnos de posgrado de la Universidad, no comprendidos en el inciso a) de la Reglamentación para la adjudicación de viviendas del Barrio Universitario.

ARTICULO 2º).- El dinero recaudado deberá ingresar a Fondos Propios en concepto de alquiler del Barrio Universitario.

ARTICULO 3º).- Regístrese. Pase a la Dirección General de Economía y Finanzas para su conocimiento y demás efectos. Tomen razón los Departamento Académicos, la Secretaría de Asuntos Estudiantiles y el Consejo Universitario. Cumplido, oportunamente, archívese.-

LIC. RICARDO RAUL GUTIERREZ

RECTOR

CR. ARTURO JOSE GUEVARA

SEC. GRAL. TECNICO