BARRIO UNIVERSITARIO - CANON POR EL USO DE VIVIENDAS
- ALUMNOS DE POSGRADO.
Resolución R-373/96.
Expediente IM-1065/76 4º C.
BAHIA BLANCA, 4 de julio de 1996.-
VISTO:
La Resolución CU-098/96, por
la que modifica la reglamentación para la adjudicación
de viviendas del Barrio Universitario; y
CONSIDERANDO.
Que en el artículo 1º de la Resolución mencionada en el Visto, el Consejo Universitaria autoriza, a que el Rectorado fije un canon por el uso de la vivienda destinadas a brindar alojamiento a alumnos de posgrado de la Universidad;
La tasación realizada por la firma Propiedades COMIGNANI, sobre el alquiler de una vivienda del Barrio Universitario;
Que por lo expuesto en el considerando anterior, este Rectorado
ha decidido fijar el canon en un cincuenta por ciento (50%) de
la tasación;
POR ELLO,
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º).- Fijar un canon de CIENTO SETENTA Y CINCO PESOS
($ 175) para aquellos alumnos de posgrado de la Universidad, no
comprendidos en el inciso a) de la Reglamentación para
la adjudicación de viviendas del Barrio Universitario.
ARTICULO 2º).- El dinero recaudado deberá ingresar
a Fondos Propios en concepto de alquiler del Barrio Universitario.
ARTICULO 3º).- Regístrese. Pase a la Dirección
General de Economía y Finanzas para su conocimiento y demás
efectos. Tomen razón los Departamento Académicos,
la Secretaría de Asuntos Estudiantiles y el Consejo Universitario.
Cumplido, oportunamente, archívese.-
LIC. RICARDO RAUL GUTIERREZ
RECTOR
CR. ARTURO JOSE GUEVARA
SEC. GRAL. TECNICO