Recibirán de su empleador información y capacitación
en materia de prevención de riesgos de trabajo, debiendo participar en las acciones preventivas.
Cumplirán con las normas de higiene y seguridad, incluido
el Plan de Mejoramiento, así como con las medidas de recalificación profesional.
Informarán al empleador de todo hecho o circunstancia riesgosa
inherente a sus puestos de trabajo y al establecimiento en general.
Se someterán a los exámenes médicos y a los tratamientos de
rehabilitación.
Denunciarán ante el empleador los accidentes y enfermedades
profesionales que sufran.
Asistir a los cursos de capacitación que se dicten durante las
horas de trabajo.
Utilizar los equipos de protección personal o colectivo y
observar las medidas de protección impartidas en los cursos de capacitación.
Observar las indicaciones de los carteles y avisos que
indiquen medidas de protección y colaborar con el empleador en materia de salud y seguridad.
Colaborar en la organización de programas de formación
y educación en materia de salud y seguridad.
Notificar a los trabajadores acerca de la identidad de la A.R.T.
a la que se encuentren afiliados.
Denunciar a la A.R.T. y a la Superintendencia de Riesgos del
Trabajo, los accidentes y enfermedades profesionales que se produzcane en sus establecimientos.
Cumplir con las normas de higiene y Seguridad, incluído el Plan de
Mejoramiento.
Suministrar a los Asegurados la información necesaria para evaluar, desarrollar
y controlar el Plan de Mejoramiento.
Cumplir el programa de capacitación acordado con la Aseguradora.
Poner en conocimiento de los trabajadores el Plan de Mejoramiento.
Brindar adecuada capacitación a los trabajadores respecto de los riesgos
inherentes a sus puestos de trabajo.