DECRETO 876/90.

Publicado: 15/5/90.


"ARTICULO 1°). Exceptúase hasta el 31 de diciembre de 1990 de los alcances de los artículos 24 y 25 del Decreto N°435/90, modificado por el Decreto N°612/90, al personal docente de todos los niveles y modalidades de la organizaeión educativa nacional, como así también al administrativo y de servicios que se desempeña en los establecimientos educativos."