PERSONAL DOCENTE

REGLAMENTO DE CONCURSOS PARA PROFESORES ORDINARIOS (MOD. CU-118/92)

Resolución CSU-471/02.

BAHIA BLANCA, 30 de agosto de 2002.

VISTO:

El Reglamento de Concursos para Profesores Ordinarios (Res.CU-118/92) y sus modificatorias; y

CONSIDERANDO:

Que existe en un término ambiguo en la redaccción de dicho Reglamento;

Que el Consejo Superior Universitario, en su reunión de fecha 14 de agosto de 2002, aprobó lo aconsejado por su Comisión de Interpretación y Reglamento;

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E :

ARTICULO 1º).- Modificar el art. 36º bis de la Res.CSU-419/01 quedando redactado de la siguiente manera:

"ARTICULO 36º bis: Cuando se presenta un solo aspirante que ya hubiese obtenido por concurso un cargo de profesor ordinario del mismo grado que el concursado y el jurado unánimemente decida no tomar la clase pública, comunicándolo por escrito al Director de Departamento, el Consejo Departamental podrá decidir que los miembros del Jurado emitan dictámenes individuales desde sus lugares habituales de residencia, sin constituir el tribunal en la sede principal de la Universidad. En este caso los miembros del Jurado formularán las preguntas de la entrevista a la que hace referencia el inc. a) del artículo 49º por videoconferencia, desarrollada en el ámbito de la Universidad. La videoconferencia será organizada por las autoridades del Departamento."

ARTICULO 2º).- Pase a las Secretarías Generales Académica y Técnica, a las Direcciones Generales de Personal y de Economía y Finanzas. Tomen razón los Departamentos Académicos.- Dése al Boletín Oficial, cumplido, archívese.-

DR. LUIS MARIA FERNANDEZ

RECTOR

LIC. SANDRA BAIONI

SEC. GRAL. CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO