PERSONAL NO DOCENTE

ASIGNACIONES COMPLEMENTARIAS (Modif.art.7º inc. b) CU-180/93 ampliada por CU-323/93 y CU-111/94)

 

Resolución CSU-522/00

Expediente R-146/93.

BAHIA BLANCA, 10 de agosto de 2000.

VISTO:

La Res.CU-180/93 y sus modificatorias y complementarias, que otorga con carácter de incentivo, asignaciones complementarias al personal no docente en el marco de lo dispuesto por el Decreto 1215/92 del Poder Ejecutivo Nacional, con el fin de favorecer y estimular al desarrollo de las actividades de la gestión administrativa que sirven de apoyo a las de docencia, investigación y extensión de la Universidad Nacional del Sur; y

CONSIDERANDO:

Que el art. 7º inc. b) 10 de la Res.CU-180/93 , modificado por Res.CU-323/93, establece que no se considerarán inasistencias al solo efecto de percibir el incentivo antes mencionado, las incurridas por "atención de un miembro del grupo familiar de primer grado de parentesco, 7 días al año";

Que numerosos agentes no docentes han expresado la insuficiencia de la cantidad de días para la atención por esta causa, sobre todo en aquellos que tienen hijos menores, familiares impedidos a cargo, etc.;

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del 9 de agosto de 2000, lo aconsejado por su Comisión de Personal;

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO R E S U E L V E :

ARTICULO 1º).- Modificar el artículo 7º inciso b) 10 de la Res.CU-180/93 (ampliada por art. 1º inc. b) 10 de la Res.CU-323/93 y CU-111/94), el cual quedará redactado de la siguiente manera: "por atención de un miembro del grupo familiar de primer grado de parentesco, 12 (doce) días al año, continuos o discontinuos, y hasta un máximo de 5 (cinco) días por período, continuos o discontinuos."

ARTICULO 2º).- Pase a la Secretaría General Técnica y a la Dirección General de Personal para su conocimiento y difusión. Dése al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

LIC. RICARDO RAUL GUTIERREZ

RECTOR

DR. LEANDRO BENGOCHEA

SEC.GRAL.CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO